Judicial

Abelardo de la Espriella sanciona ley que castiga el abuso sexual contra animales

Colprensa

La nueva Ley 2627 de 2026 tipifica el acceso carnal a animales como un delito autónomo, con penas de prisión, multas e inhabilidades para quienes sean condenados

27 de agosto de 2026

Paula Andrea Marín Lara

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El presidente Abelardo de la Espriella sancionó la Ley 2627 de 2026, una nueva normativa que castiga penalmente el abuso sexual contra animales en Colombia y que complementará las disposiciones establecidas en la denominada Ley Ángel, Ley 2455 de 2025.

La normativa crea el delito autónomo de “acceso carnal a animales” y modifica la Ley 599 de 2000, correspondiente al Código Penal, con el fin de establecer un tratamiento específico para las conductas relacionadas con la zoofilia.

De acuerdo con el texto de la ley, quien sea hallado responsable de este delito podría enfrentar una pena de prisión de entre 48 y 55 meses, además de poder enfrentarse a una inhabilidad especial de dos a cuatro años para ejercer profesiones, oficios o actividades comerciales relacionadas principalmente con animales.

La norma también prohíbe a las personas condenadas adquirir, tener, cuidar o dar refugio a animales y establece multas de entre 30 y 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Las penas podrán aumentar de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta sea cometida por dos o más personas, contra varios animales, en espacios públicos, en más de una ocasión contra el mismo animal, con sevicia o como acto de venganza. El agravante también aplicará cuando los hechos sean registrados, difundidos o promovidos a través de medios de comunicación o plataformas digitales.

La legislación contempla excepciones para procedimientos médicos veterinarios y zootécnicos, así como para aquellos destinados al cuidado de los animales, las ayudas diagnósticas y las técnicas relacionadas con la reproducción y la productividad.

Además, la Fiscalía tendrá seis meses para formular un protocolo de investigación sobre el delito de acceso carnal a animales y sus circunstancias de agravación. El documento deberá establecer reglas para la recolección de elementos materiales probatorios y el desarrollo de las investigaciones.

En el mismo plazo, el Ministerio de Justicia, junto con los ministerios de Salud y Cultura, deberá diseñar una estrategia de sensibilización para prevenir esta conducta e informar sobre sus implicaciones en materia de salud pública, protección animal, tipificación penal y mecanismos de denuncia.