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Adres reconoce indemnizaciones y atención en salud para víctimas del terremoto

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Las víctimas de terremotos pueden acceder a atención gratuita en salud e indemnizaciones por muerte, gastos funerarios o incapacidad permanente

19 de agosto de 2026

Paula Andrea Marín Lara

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El Gobierno Nacional, a través de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres, contempla una serie de reconocimientos para las personas afectadas por un terremoto. Estos incluyen atención gratuita en salud, indemnizaciones por muerte, gastos funerarios y pagos por incapacidad permanente.

Las víctimas tienen derecho a atención integral en salud, que comprende servicios de urgencias y atención ambulatoria, hospitalización, cirugía, medicamentos, dispositivos médicos, traslado asistencial y rehabilitación física y mental. También se contempla el traslado en ambulancia desde el lugar donde ocurrió la afectación hasta la primera institución prestadora de servicios de salud.

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En caso de fallecimiento, los familiares beneficiarios pueden solicitar una indemnización por muerte y gastos funerarios. Para realizar la reclamación se debe presentar, entre otros documentos, el formulario de Adres, el certificado del Consejo Municipal o Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres que acredite la condición de víctima, el documento de identidad, una certificación bancaria y el registro civil de defunción.

Por ende, los beneficiarios pueden ser el cónyuge o compañero permanente, los hijos y, ante la ausencia de estos, los padres y posteriormente los hermanos. En el caso del cónyuge o compañero permanente y los hijos, la distribución corresponde a 50% para cada parte. Si no existen hijos, el cónyuge o compañero permanente puede recibir el 100% de la indemnización.

Cuando el terremoto genera una pérdida de capacidad laboral, la víctima puede acceder a una indemnización de hasta 750 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $43,7 millones en 2026. El valor depende del porcentaje de pérdida de capacidad laboral y corresponde a un pago único. Para solicitarlo se requiere un dictamen de pérdida de capacidad laboral.

Las solicitudes pueden radicarse a través del portal web de Adres o de manera presencial en la ventanilla ubicada en la avenida El Dorado, Edificio Elemento, piso 10, en Bogotá. Teniendo en cuenta que el reclamante tendrá un plazo de hasta 18 meses a partir de la fecha de muerte o de la expedición del dictamen de pérdida de capacidad laboral para presentar la solicitud.

Adres también aclaró que estos recursos no cubren daños materiales ocasionados en viviendas, vehículos o infraestructura. Además, el trámite es gratuito y no requiere intermediarios.