Adulto mayor que vive en pobreza debe recibir un pago por mesada, ordena el CE
El Consejo de Estado ordenó a Colpensiones restablecer el pago de la pensión a un adulto mayor debido a errores en la notificación
05 de julio de 2024Contenido
El Consejo de Estado decidió este viernes proteger los derechos fundamentales relacionados con el mínimo vital, la vida digna y la salud de un adulto mayor afectado por la suspensión de su mesada pensional.
En respuesta a una demanda de tutela presentada por este ciudadano, quien sufre de hipertensión arterial, diabetes, glaucoma, anticoagulación y hipoacusia neurosensorial bilateral, la Corporación ordenó a Colpensiones reanudar los pagos de su pensión mientras se determina definitivamente su derecho a la jubilación.
La decisión del Consejo de Estado invalida la resolución previa de Colpensiones que suspendió el pago de la prestación, argumentando que el demandante no cumplía con los requisitos para acceder a la pensión. El demandante alegó que no pudo defenderse adecuadamente en el proceso anterior porque la notificación se envió a una dirección donde ya no residía. Por lo tanto, solicitó la nulidad del procedimiento para poder ejercer su derecho a la contradicción.
El Consejo de Estado encontró que, debido a la avanzada edad, el estado de salud y la situación socioeconómica del demandante, la tutela era procedente como un medio excepcional para proteger sus derechos.
Además, se indicó que el afectado tiene la posibilidad de presentar un incidente de nulidad contra los fallos judiciales cuestionados. Mientras se resuelve este procedimiento, se ordenó a Colpensiones restablecer temporalmente el pago de la mesada pensional.