Andi expresa preocupación por alcance de solicitudes de información por parte de la SIC
El gremio indicó que conocer el margen de ganancia o los elementos de política comercial de una empresa no es "pertinente ni conducente"
04 de febrero de 2026Contenido
Luego de que se conocieran las preguntas que la Superintendencia de Industria y Comercio está realizando a algunas empresas, la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, Andi, expresó su "profunda preocupación", pues señaló destacó que aunque la SIC tiene la posibilidad de solicitar información a personas naturales o jurídicas, esta facultad la debe ejercer en los precisos términos que la ley establece.
El presidente de la Andi, Bruce Mac Master, señaló que la SIC excede sus facultades al solicitar información sobre la estructura de costos, el margen de ganancia o, incluso, elementos de política comercial de una empresa, pues argumentan que no es "pertinente ni conducente para el ejercicio de sus facultades legales".
"Cuando no se actúa en desarrollo de una competencia expresamente atribuida a la Superintendencia de Industria y Comercio, requerir este tipo de información a actores privados puede vulnerar el derecho a la libre empresa, la protección de los secretos industriales y la confidencialidad de las estrategias comerciales. Esto afecta la competitividad y la seguridad jurídica, elementos esenciales para los actores del mercado formal en Colombia", explicó el gremio de los empresarios por medio de un comunicado.
Recordaron que no existe una norma que asigne a la SIC la competencia para inspeccionar los márgenes de ganancia o el uso de tecnología por parte de las empresas. "La Andi reafirma que la protección del consumidor colombiano constituye un elemento esencial dentro de nuestro orden jurídico; sin embargo, su ejercicio debe realizarse de manera proporcional y bajo el estricto respeto de los demás derechos constitucionales y legales de los particulares".
Citanddo el artículo 6º de la Constitución Política, comentaron que los servidores públicos solo pueden ejercer las funciones que les sean expresamente atribuidas por la ley. Por ello, en este caso, para la Andi "no resulta claro cómo las preguntas formuladas corresponden al ejercicio de competencias asignadas a la SIC".
"Las facultades para solicitar información no son una carta en blanco en un Estado de Derecho, en el que los derechos de los asociados, en especial el derecho al debido proceso administrativo, siempre han obrado como límite al poder del Estado", se concluye en el comunicado.