Conozca cómo es el proceso en las empresas para reportar enfermedades laborales
De cada 100 trabajadores, más de 43 contraen una enfermedad laboral y los sectores en los que esta tasa es más elevada son agricultura, ganadería, entre otros
09 de agosto de 2025Contenido
Durante el primer semestre del año, se reportaron 242.813 accidentes de trabajo, 4.536 enfermedades fueron calificadas de origen laboral y 190 personas fallecieron en ejecución de sus labores, según un estudio de la gestora de riesgos Murcia & Arenas S.A.S.
Las cifras también revelan que, de cada 100 trabajadores, más de 43 contraen una enfermedad laboral y los sectores en los que esta tasa es más elevada son agricultura, ganadería, caza, servicultura y pesca.
Ahora bien, para que una enfermedad sea catalogada de tipo laboral y el trabajador tenga derecho al reconocimiento de las prestaciones económicas y asistenciales correspondientes, se debe dar cumplimiento al procedimiento establecido en el Art. 42 de la Ley 100 de 1993.
En primer lugar, las entidades avaladas para dar este dictamen son el Instituto de Seguros Sociales; Colpensiones; las Administradoras de Riesgos Profesionales, ARP; las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL; y las Entidades Promotoras de Salud, EPS; es decir, que dicha potestad nunca le pertenecerá directamente al empleador.
Para obtener su aval, el trabajador deberá solicitar una cita médica en su EPS y, de recibir un dictamen sobre una posible enfermedad adquirida por su trabajo, tendrá dos días hábiles para informar a su empresa. Una vez el empleador reciba esta notificación, también contará con máximo dos días hábiles para dar aviso a la ARL, entidad que será la encargada de iniciar los trámites de calificación del origen de la patología y ordenar el seguimiento por parte de medicina ocupacional.
“De obtener un resultado positivo, la cobertura de las prestaciones médico-asistenciales y económicas como incapacidades temporales, indemnización por incapacidad permanente parcial y la pensión por invalidez, la asume la ARL”, señaló Diana Milena Bolívar, abogada en derecho laboral en la firma Scola Abogados.
No obstante, frente a la posibilidad de que el empleador no realice dicho proceso y no reconozca la enfermedad de su trabajador como laboral, Jesús Albrey González, abogado experto en salud en González Páez Abogados, afirmó que “el trabajador puede buscar una mediación con su empleador para que lo envié a calificación ocupacional por el origen de la enfermedad. Si el acuerdo no se logra, podrá acudir ante a la Junta Regional de Calificación de Invalidez, durante los 10 días hábiles siguientes, para que sea revisado su caso”.
En caso de que el trabajador no esté de acuerdo con el dictamen de la junta, podrá acudir al Ministerio de Trabajo para solicitar que la empresa sea auditada en materia de seguridad y salud, o ante un juez ordinario laboral para que reconozca el origen de su enfermedad, al que deberá presentar el diagnóstico de la EPS y un registro de los factores de riesgo a los que estuvo expuesto.
Las empresas que no cumplan dicho procedimiento podrían enfrentar multas de hasta 500 Smmlv, según la Ley 1562 de 2012, equivalentes a más de $711 millones o, incluso, el cierre de las instalaciones.
Antecedentes
Si un trabajador es diagnosticado con una enfermedad laboral, la empresa deberá informar al personal sobre los riesgos laborales a los que están expuestos, notificar a las EPS y ARL sobre accidentes o enfermedades, cumplir con las recomendaciones hechas por la ARL y facilitar los procesos de rehabilitación y reintegro del trabajador afectado a sus labores. Además, por ningún motivo, estará facultado para despedir al trabajador durante el proceso de calificación del origen de la enfermedad.