Así funcionará el nuevo Código de Policía

Luego de ser radicado el Código Nacional de Policía y Convivencia, en la Cámara de Representantes, muchas son las dudas al respecto de la iniciativa que quiere modernizar el actual código, vigente desde 1970.

La norma que actualmente rige fue expedida por decreto y además según la Alta Consejería para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, “no responde a la realidad nacional después de la Constitución de 1991, reclamando su adecuación a los desafíos que impone la convivencia ciudadana en el siglo XXI. La experiencia en la aplicación del actual Código ha evidenciado serias deficiencias en su alcance y estructura, comportamientos, medidas correctivas, y en los medios de policía y procedimientos”. La nueva norma contempla la sanción de los comportamientos como riñas, matoneo, desconocer o irrespetar a las autoridades, entre otras. El extenso código fue estructurado por una mesa de trabajo permanente que sesionó durante un año y medio, bajo la coordinación de la Alta Consejería para Convivencia y la Seguridad Ciudadana junto con el Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional. La norma asegura que las riñas, lanzar objetos o sustancias a las personas, el porte de armas blancas, transitar bajo los efectos de sustancias psicoactivas y comprar o distribuir celulares reportados o con el IMEI alterado, entre otros comportamientos tendrán multas que van desde los 2 hasta los 9 millones de pesos. Quien pague durante los tres días siguientes, se le disminuirá el valor en un 20 %. La persona que no cancele en un plazo de un año será reportada al boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y comenzará el cobro por jurisdicción coactiva. Quien incurra en mora de seis meses no podrá: obtener o renovar la licencia de conducción; ser nombrado o ascendido en cargo público; contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado; obtener título de grado de nivel técnico o superior u obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio. La Policía además deberá implementar un registro nacional de multas que incluirá la identificación de la persona, el tipo de comportamiento contrario, el tipo de multa y el estado de pago de la misma. Cualquier persona podrá consultar tal registro. OTRAS DISPOSICIONES El código protege la privacidad de las personas y considera como comportamiento que atenta contre ella, hacer públicas las imágenes privadas de una persona sin su consentimiento, así como leer o conocer la correspondencia y documentos de carácter privado de las personas, incluidos quienes tienen relación familiar o de pareja, por cualquier medio, sin su consentimiento. Aquellos vecinos que afectan la tranquilidad de los lugares dónde viven, también serán sancionados. La norma aclara que tendrán multa quienes: “perturben o permitan que se afecte el sosiego con sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones, ceremonias que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo”. El nuevo código también sanciona a quienes realicen amenazas o matoneo dentro o fuera de las instituciones educativas. Y asegura: “a los niños, niñas y adolescentes que cometan alguno de los comportamientos señalados se les aplicará la medida correctiva de participación en programa o actividad pedagógica; cuando haya lugar se les aplicarán también la medidas de: reparación de daños materiales de muebles, decomiso, destrucción de bien”. Por último quien incurra en minería ilegal tendrá una multa de 32 salarios mínimos, lo que equivaldría a 18 millones de pesos, junto con el decomiso y la destrucción de los bienes con los que realiza esa actividad.