Judicial

Así funcionará la nueva ley sobre la cadena perpetua para abusadores de niños, niñas y adolescentes

En su cuarto y último debate, la ley que modifica inclusive la Constitución Política llegó a buen puerto con el apoyo de 67 senadores

17 de junio de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co
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El proyecto de ley que pretendía imponer la cadena perpetua a violadores de niños, niñas y adolescentes se convirtió en una realidad legislativa el martes pasado en el Congreso de la República. En su cuarto y último debate, la ley que modifica inclusive la Constitución Política llegó a buen puerto con el apoyo de 67 senadores.

El proyecto fue impulsado en trámite legislativo por los representantes Jorge Burgos, Martha Villalba y Alfredo Deluque. Por esta razón, Asuntos Legales habló con Villalba para conocer más sobre las implicaciones a nivel justicia que traerá esta histórica aprobación en materia de leyes.

Puntos básicos de la ley

La representante a la Cámara, Martha Villalba, afirmó que la aprobación del articulado se dio luego de cuatro debates en entre la Cámara de Representantes y el Senado de la República, en los cuales se discutieron los puntos que entrarán a regir en Colombia. El primero de ellos es la condición de excepcionalidad de la pena. Cuando la persona comete conductas de homicidio en modalidad dolosa y acceso carnal que implique violencia a un menor de edad que no se puede resistir, recaerá la pena de prisión perpetua sobre el agresor.

El segundo cambio explicado por la funcionaria es la revisión en segunda instancia de la pena. “Con el proyecto se garantiza el control automático de la pena impuesta en primer instancia, la cual deberá ser revisada por el juez de segunda instancia para mayor garantía procesal del imputado. Es decir, cuando se trate de prisión perpetua, procederá la doble instancia de manera automática sin necesidad de solicitarlo, lo cual es una garantía para quien es procesado por este delito”, dijo Villalba.

En tercer lugar, está la revisión de la pena una vez se haya completado un porcentaje de su cumplimiento. Este punto es importante porque el prisionero tiene la opción de reincorporarse a la sociedad luego de 25 años de estar tras las rejas. Sin embargo, esto dependerá de una evaluación por parte de las autoridades.

Al respecto, la ponente dijo que “también se consagra la evaluación de la pena en un plazo de 25 años para revaluar la socialización del condenado. Muchos de nuestros contradictores siempre alegaron el hecho de que estábamos violando principios fundamentales del procesado. Esta es la prueba de que no lo estamos haciendo porque se establece esta condición. Esto permite y demuestra el compromiso de los pactos colombianos en el panorama internacional frente a la dignidad humana”.

Para finalizar, Villalba aseguró que uno de los puntos fundamentales del proyecto de ley estatutaria es la imprescriptibilidad de la acción penal cuando se trata de delitos contra la libertad, integridad y formación sexual cometidos contra niños y adolescentes.

Cambios al sistema penal

Es importante recordar que los delitos relacionados con violación o asesinatos de menores de edad están contenidos por el sistema penal en la justicia colombiana. Por esta razón, fue de vital importancia preguntar a la representante Villalba sobre los cambios que se vienen en material penal. Al respecto, la funcionaria dijo que se adicionarán nuevos apartados a la legislación en ese sentido.

Tanto en la parte sustantiva (Código Penal) como en el apartado procesal (Código de Procesamiento Penal) se harán algunas modificaciones que permitan la entrada en vigor de le nueva ley, las cuales serán adaptadas teniendo en cuenta los puntos mencionados anteriormente.

“Con relación a la recolección de pruebas, se procederá de la misma manera que se está realizando de manera penal el procedimiento, pero teniendo en cuenta otras circunstancias como la revisión del acervo probatorio, el cual se adelantará mediante un equipo de profesionales interdisciplinarios en el que participarán psiquiatras y peritos que evalúen el peso de la prueba según la situación psicosocial del imputado”, dijo Villalba, refiriéndose a la recolección de pruebas antes de dictaminar cadena perpetua.

Críticas al proyecto

Pese al hito que marca la aprobación de esta ley, muchos abogados del mundo penal se han mostrado inconformes por la aprobación de este proyecto. Para Andrés Acosta Bohórquez, abogado penalista, existen algunos puntos a tener en cuenta, los cuales podrían suscitar debate en los próximos meses.

“Hay varios puntos de vista para no considerarla como una acertada política criminal. El primer tema es que no va a solucionar el problema, pues varios estudios de criminología demuestran que no es la severidad de la condena lo que sugestiona al delincuente, sino la seguridad de la pena porque el criminal, por lo general, cree que no será atrapado”, dijo.

Con relación a la protección que se busca de los menores, el abogado afirmó que no se trata de un movimiento preventivo, sino reactivo, pues la cadena perpetua se aplica a personas que ya cometieron el abuso.

LOS CONTRASTES

  • Andrés AcostaAbogado penalista

    “Las respuestas al tema de la reducción de los delitos no se encontrarán dentro del Derecho Penal, sino por fuera, en políticas públicas relacionadas con otros temas”.

  • Jorge BurgosRepresentante a la Cámara

    “Estamos defendiendo la integridad y dignidad de los niños y niñas de los hogares más vulnerables de nuestro país, además de poblaciones del conflicto armado”.

“La mayoría de los casos de abuso sexual ocurren dentro de un núcleo familiar y de personas cercanas. En Colombia, en la mayoría de los casos no estamos hablando de violadores seriales. Además, las penas en Colombia ya son bastante altas y puede no haber mucha diferencia entre 50 años de prisión y la cadena perpetua”, dijo.