Avanza investigación penal contra congresista Arizabaleta tras orden de suspensión
La representante es investigada por prevaricato tras ordenar la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro
23 de junio de 2026Contenido
El despacho del magistrado Misael Rodríguez, integrante de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, realiza una segunda inspección en la oficina de la representante a la Cámara Gloria Arizabaleta, diligencia que se efectúa en el marco de una investigación penal por el presunto delito de prevaricato en contra de la congresista, quien actualmente se encuentra suspendida de su cargo como presidenta de la Comisión de Acusaciones.
La indagación judicial tuvo origen en un auto emitido por Arizabaleta en el que ordenaba la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro por una supuesta participación indebida en política. La denuncia penal señala que dicha actuación fue contraria a la ley, argumentando que un auto de trámite no posee el alcance legal para dictar una medida cautelar de esa índole contra el primer mandatario. Por estos mismos hechos, la Procuraduría General de la Nación ya había ordenado la suspensión disciplinaria de la legisladora.
En el desarrollo de las pesquisas, el magistrado Rodríguez solicitó una declaración juramentada del presidente Petro con el fin de ampliar sus declaraciones previas, en las cuales calificó la orden de la congresista como una presunta extorsión. El jefe de Estado pidió públicamente a sus ministros reportar las solicitudes realizadas por la representante, señalando que las peticiones presupuestales o regionales legítimas se apartan de los condicionamientos que, según su versión, Arizabaleta intentó ejercer tras no recibir ciertas concesiones del Ejecutivo.
Por su parte, la denuncia penal formal fue interpuesta por el exministro Luis Felipe Henao, quien sostiene que la congresista incurrió en prevaricato por acción al decretar la suspensión presidencial hasta el cierre de las urnas de la segunda vuelta electoral. Henao argumenta en el documento que la medida adoptada resulta violatoria de la Constitución y la ley, al omitir los procedimientos previstos para los funcionarios que gozan de fuero constitucional.
De acuerdo con el texto de la denuncia, la representante Arizabaleta aplicó de forma directa normas del Código General Disciplinario a pesar de reconocer la existencia de un régimen constitucional especial para el juzgamiento del mandatario. El denunciante enfatiza que la facultad de suspender al Presidente de la República recae exclusivamente en el Senado de la República, previa acusación de la Cámara de Representantes, por lo cual una representante investigadora carece de la competencia legal para adoptar esa determinación.