Marcas

Carlos Nieto logró proteger su símbolo textil ante la Superintendencia de Industria y Comercio

La SIC determinó que las marcas de Carlos Nieto y Moda Avanzada podrían generar confusión sobre el origen empresarial

20 de octubre de 2020

Jonathan Toro

Canal de noticias de Asuntos Legales

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En este pleito marcario, la casa de moda masculina Carlos Nieto se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para oponerse al registro de la marca figurativa de la compañía Moda Avanzada, la cual intentaba identificar productos como ropa interior, deportiva y de gimnasio, comprendidas en la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

De acuerdo con la casa de moda, permitir el registro del símbolo solicitado podría generar una violación de los derechos previamente adquiridos por la representación gráfica de su marca pues los símbolos enfrentados presentaban similitudes que imposibilitan la coexistencia dentro del mercado.
“Es posible notar que al inicio la primera curva evoca la letra “C”, seguidamente una curva evocando la letra “N” y al final una letra “i”, con un punto encima para evidenciar que se trata de esa letra”, argumentó la opositora, la cual dijo que la única diferencia entre las marcas era la letra ‘i’ con el punto.

Sin embargo, indicó que ello no era suficiente para que los signos se diferenciaran y pudieran coexistir en el mercado, por el contrario, podría reforzar la idea de que la opositora pertenecía a alguna línea de producción de su compañía.

Otro de los motivos que preocupaba a la textilera era que la reproducción de un símbolo con características similares podría generar la pérdida de la fuerza distintiva de su marca, dilución del símbolo y un aprovechamiento indebido de la reputación y el posicionamiento adquirido a lo largo de los años por la marca de moda masculina.

Finalmente, Carlos Nieto argumentó que al ser productos ofrecidos mediante los mismos canales y comercializados por muchos empresarios de la industria de la moda representaba un alto riesgo para la marca que se otorgara el registro solicitado.

Para defender su petición, Moda Avanzada argumentó que la marca solicitada se componía por una grafía totalmente diferente. Además, dijo que lo único que compartían era que se trataba de figuras curvilíneas pero con elementos distintos.

En la misma línea, esta alegó que los grafemas curvilíneos eran de uso común y no podrían atribuirse a un solo uso o marca. También recordó que el signo que pretendía registro ya contaba con una protección previa que no afectaba los derechos de Carlos Nieto.

Por su lado, la SIC determinó que conceder el registro de la marca solicitada sí podría generar confusión en el consumidor debido a que el grado de similitud de los símbolos los hacía casi idénticos. De esta manera, fue negado el registro a Moda Avanzada y se declaró fundada la oposición de Carlos Nieto.