Colchones Confort ya es marca registrada
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Al momento de solicitar el registro fueron varias las compañías que presentaron oposición al signo, Industrias Fantasía S.A. Komfort S.A. y Espumas Santander S.A.S., cada una argumentando su postura en la similitud ortográfica y fonética que presenta la solicitante frente a las marcas previamente registradas como Comfort; Komfort y Confort Flex.
Por otra parte, la empresa Industrias Dormiluna S.A. fundamentó su posición en la similitud que se presenta en la expresión gráfica de una luna que tiene el signo previamente registrado con la del solicitante.
Carolina Vera, apoderada de Industrias Dormiluna, manifestó con respecto a la decisión que en la resolución existían dos temas diferentes como el registro del signo Confort y de la figura de una luna y aseguró que “la SIC en los dos casos resolvió desestimar las dos diferentes demandas de oposición, presentar y ordenar el registro de la marca a pesar de que la marca Confort es una marca débil por ser descriptiva para colchones y a pesar de que la figura de una luna corresponde a una marca registrada por la sociedad Dormiluna”. Y añadió, “se trata de dos graves equivocaciones de la SIC que tendrán que ser remediadas por el Consejo de Estado en la correspondiente acción de nulidad. Este es un nuevo caso donde se evidencia el poco cuidado que está teniendo la SIC para la toma de decisiones en materia de marcas”.
Frente al caso también habló Juan Carlos Uribe, abogado designado como apoderado de la empresa Espumas Santander, y dijo que “con la decisión de la SIC, fueron otorgados derechos de exclusividad sobre dos expresiones débiles, Colchones y Confort. Con independencia que la exclusividad se reconozca sobre la configuración en su totalidad considerada como única e indivisible, no deja de ser un signo marcariamente débil y por ende carente de la suficiente distintividad para que un consumidor pueda identificarlo y asociarlo con un origen empresarial específico”.
Todas las oposiciones argumentaban que el signo estaba inmerso en las causales de irregistrabilidad por que podría generar confusión de origen y productos en los consumidores.
Finalmente, Daniela Useche abogada de la firma Cavelier sustentó la decisión de la SIC y dijo qué “en este caso reitera que pese a que una marca contenga expresiones de uso común, la existencia de elementos adicionales, tales como los gráficos presentes en la marca mixta solicitada, son considerados como suficientemente distintivos para conceder su registro”.
Antecedentes
La fábrica principal de la compañía colombiana se encuentra ubicada en la capital del Valle del Cauca, desde hace varios años la empresa se ha vendido posicionando en el mercado local por la diversidad de productos, los cuales le han permitido incrementar sus ingresos, ventas y patrimonio gracias a la creciente ola de ventas que desde 2013 registra la organización.
Las Opinones:
Carolina Vera
Apoderada de industrias Dormiluna
“Se trata de dos graves equivocaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, las cuales tendrán que ser remediadas por el Consejo de Estado en la correspondiente acción de nulidad”