Colombia tiene 25 marcas protegidas ante la Ompi y cinco están en aprobación
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En la base de datos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, Ompi, hay 108 marcas pertenecientes a la Alianza del Pacífico. A la cabeza de los cuatro países con mayor número de signos protegidos internacionalmente está México, con un total de 63 nombres activos. Colombia tiene 25 registros y hasta la fecha cinco están sujetos a aprobación.
Perú, cuenta con 16 signos protegidos en el globo y a Chile solo le aparecen cuatro.
En 2012 Colombia empezó a formar parte de los 187 estados miembros de la Ompi, debido a su adhesión al Protocolo de Madrid que se aprobó mediante la Ley N° 1455 de 2011.
El tratado concerniente al Sistema de Madrid, relativo al registro internacional de marcas y su reglamento, entró en vigencia el 29 de agosto de 2012.
La Ompi es una entidad que fue creada en 1967, es un organismo especializado del sistema de Naciones Unidas y se encarga de administrar el sistema internacional de propiedad intelectual en el mundo y según Juan Fernando Córdoba, abogado experto en marcas y patentes, llegar a la esa instancia favorece el aterrizaje de los signos en diferentes destinos y así la protección marcaria deja de ser circunscribible solo en territorio nacional.
¿Cuáles son los beneficios que traen estos convenios a los empresarios? Según Hernán Ruiz, de Hernán Ruiz Abogados, la reducción de costos a la hora de proteger la marca en otras naciones y la optimización de tiempo en procesos son los dos aspectos más atractivos para solicitar el registro marcario a través del Protocolo de Madrid.
“El interesado podrá hacer una sola diligencia para solicitar varios registros en los 86 países del Protocolo y en un solo procedimiento”.
¿Cómo se hace? Para aspirar a la protección internacional por medio de dicho tratado, el interesado deberá contar con un registro nacional ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, órgano receptor que se encargará de enviar los documentos correspondiente ante la Ompi.
Antes de hacer la solicitud, la persona deberá corroborar que el país al que le interesa llegar también haya firmado al acuerdo, y una vez haya considerado uno o más Estados (puede escoger el número de países que desee), deberá llenar los formatos para la respectiva solicitud en la delegatura de propiedad industrial en la página oficial de la SIC.
Según la resolución 6451 de 2013, el trámite inicial ante el órgano público nacional, cuesta $62.000.
Si la solicitud de registro de marca internacional no cumple con los requisitos exigidos en el numeral 6.1.4 del capítulo sexto del título X de la circular única, la SIC expedirá un requerimiento de conformidad con el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo, indicándole al solicitante la información o documentación faltante, y advirtiéndole que la solicitud debe ser corregida o completada con la mayor celeridad posible.
Una vez que la Superintendencia haya enviado la solicitud ante la Organización Mundial de la Propiedad Industrial, esta se encargará de remitir la solicitud a los diferentes países señalados por el interesado según Juan Carlos Martínez, docente de propiedad intelectual en la Universidad de la Sabana.
“La Ompi solo se encarga de enviar las solicitudes a los destinos señalados, pero no tiene ninguna injerencia en el registro. Incluso, alguno de los países a los que se les hace la solicitud de registro podría negarlo”.
¿Hay otra manera de registrar su marca en el exterior? Sí, se puede hacer directamente ante la entidad encargada de la materia en la nación escogida.
Antes de 2012, quienes efectuaban sus registros en el exterior, tenían que hacerlo de manera individual y bajo la asesoría de una firma de abogados.
¿Cómo era el proceso? Guillermo Navarro, de Muñoz Abogados, explica que los clientes interesados en esta diligencia, buscaban expertos que los representaran, y estos a su vez, localizaban pares en el país objetivo para arrancar con el trámite.
En un sondeo hecho por LR, se estableció que la diligencia le podría costar a una persona entre US$1.500 y US$3.000 por registro internacional, si decide hacerla diligencia mediante un abogado particular y directamente en el país determinado.
Davivienda, Aguardiente Néctar, Procaps, Pibe Valderrama, La Hechicera, Banco de Bogotá, son algunas de las firmas nacionales que han registrado sus signos con el método que operaba antes del 2012 (aún es vigente).
El valor del trámite a través de la SIC y con el Protocolo, varían según el número de países en los que se quiera registrar, y de lo que cobre cada uno por efectuar la diligencia. Los valores no incluyen honorarios de ningún jurista, ya que la Ompi, es la encargada de llevar la solicitud ante el ente competente y esto reduce la tarifa considerablemente, dice Navarro. El total que se deba consignar directamente a la organización, para efectos de los trámites, deberá hacerse en francos.
Las opiniones
Hernán Ruiz
Abogado de hernán ruiz abogados
“La reducción de costos a la hora de proteger la marca en otras naciones y la optimización de tiempo en procesos son las dos cosas más atractivas para solicitar el registro marcario a través del Protocolo de Madrid. Cuándo se hace de manera independiente con un abogado, sale más costoso”.
Juan Carlos Martínez
Docente de propiedad intelectual de la Sabana
“La Ompi solo se encarga de enviar las solicitudes a los destinos señalados, pero no tiene ninguna injerencia en el registro. Incluso, alguno de los países a los que se les hace la solicitud de registro podría negarlo. El órgano solo administra la información”.
Juan Fernando Córdoba
Abogado especialista en marcas y patentes
“Llegar a la Ompi, favorece el aterrizaje de los signos en diferentes destinos y así la protección marcaria deja de ser circunscribible solo en un territorio nacional y se abre campo en otros países. Los interesados en Colombia deben hacer el trámite ante la SIC y allá la envían al órgano internacional”.