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Comestibles Ricos, barrera para el registro de Yupi Mekatrocitos

17 de mayo de 2013

Ana María Bedoya Jiménez

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Superintendencia de Industria y Comercio negó en primera instancia el registro del signo Yupi Mekatrocitos solicitado por la sociedad Ferris Enterprises, antes Yupi S.A. Aunque no se presentó oposición a la solicitud, en el análisis de registrabilidad, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC encontró que la marca solicitada podría generar confusión con el signo Trocitos Super Ricas registrado y vigente a nombre de Comestibles Ricos S.A.

La compañía con domicilio en Panamá tiene más de 200 marcas registradas en la Superindustria, comercializa productos como Rizadas, Lizas, Tosti, Mekato entre otros. Tiene más de 30 años en el mercado y distribuye sus artículos en 11 ciudades como Barranquilla, Cartagena, Valledupar, Monteria, Bogotá e Ibagué.

No obstante, y a pesar de las muchas marcas registradas, la Superindustria encontró que Yupi Mekatrocitos y Trocitos Super Ricas tienen los mismos canales de comercialización, “situación que podría generar la idea errónea de que se trata de productos que tienen el mismo origen empresarial”.

La compañía que tiene registrada la marca fundamento de la negación es una empresa bogotana con 52 años en el mercado. Son conocidos por productos como Papas Fritas Super Ricas, Todo Rico, Tajaditas o Taja Miel. De acuerdo con una funcionaria de Comestibles Ricos, la empresa se encuentra adelantando un acuerdo con Yupi sobre dicha marca, pero se abstuvo de dar detalles.

Además, Ferris Interprises anteriormente había intentado registrar solo la expresión Mekatrocitos para distinguir café, té, cacao, azúcar, harinas y preparaciones, productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional Niza.

En este caso, Comestibles Super Ricos si presentó oposición con fundamento en la confundibilidad con sus marcas registras Trocitos Super Ricas y Super Ricas Trocitos.

En respuesta, el apoderado de Ferris aseguró que el signo solicitado reúne las cualidades suficientes para ser marca. Además argumentó que conceptual, gramática y  visualmente es diferente a los signos registrados y agregó que ‘Trocitos’ es una expresión descriptiva de uso común en la clasificación internacional.

“En la clase 30 coexisten pacíficamente múltiples signos distintivos registrados a nombre de diferentes titulares que comparten la palabra Trocitos”, recalcó.

Así mismo, explicó que la sociedad opositora no puede pretender un monopolio sobre la expresión. “Comparar las palabras Mekatrocitos, Trocitos Super Ricas y Super Ricas Trocitos, se observan diferencias estructurales importantes que permiten su coexistencia pacífica en el mercado”.

No obstante, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró de nuevo que los signos comparten la misma finalidad y como consecuencia el consumidor se podría confundir de artículo.

 “La complementariedad entre estos productos se da de forma directa”, explicó la Resolución 05964 de 2012 por la cual se negó la marca.

Agregó que “es clara la conexión competitiva existente entre los signos confrontados, en la medida en que los dos utilizarían los mismos canales de comercialización y distribución, ya que los productos de ambos signos son de consumo masivo”.

La Delegatura de Propiedad Industrial de la SIC concluyó que la marca solicitada contiene los mismos elementos de la registrada, por lo que “no resulta ser un signo original y lo suficientemente distintivo del signo previamente registrado, por lo que genera confusión en el mercado”. De este modo, la Superindustria negó la solicitud hecha el 27 de julio de 2011 para registrar Mekatrocitos donde advirtió que agotó la vía gubernativa. Además, no otorgó en primera instancia la marca