Comisionistas de bolsas no pueden vender acciones sin autorización expresa del propietario
Corte suprema casó sentencia en contra de Interbolsa S.A.
10 de septiembre de 2018Contenido
La Corte Suprema de Justicia determinó en la sentencia SC 2556 de 2018 que las situaciones intempestivas no son causal suficiente para que comisionistas de bolsa vendan acciones sin contar con el permiso expreso del inversionista principal.
El litigio inició porque la corredora Interbolsa S.A. incumplió con el contrato pactado con uno de sus usuarios. El demandante solicitó una indemnización por perjuicios y lucro cesante, debido a que la corredora de bolsa incumplió con el contrato pactado. Según se estipuló, la compañía únicamente podía vender las acciones si contaba con la autorización expresa del dueño de las acciones o con un vocero autorizado.
Interbolsa S.A. obvió esta prohibición e hizo operaciones bursátiles, debido a unos movimientos inesperados en la bolsa. La empresa consideró que lo más conveniente era realizar ventas de $1.930 millones. Para el accionante, estos movimientos del mercado no justificaba realizar este tipo de ventas en el mercado.
Interbolsa dijo que sí contaba con las autorizaciones específicas y que no existía vínculo contractual con el demandante. También argumentó que actuó conforme a las características de este mercado y que nunca perjudicó al demandante.
La Corte recordó que las características técnicas y especializadas del contrato que sostienen los comisionistas de bolsa, no permiten una interpretación extensiva de otras normas. Es decir, los comisionistas deben cumplir a cabalidad con lo pactado. También aclaró que la constitución de un nuevo vocero debe establecerse mediante una carta de compromiso. La Corte desestimó la sentencia absolutoria para Interbolsa y ordenó realizar un peritaje para determinar el verdadero daño que sufrió el demandante por los movimientos abusivos de la corredora.