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¿Cómo ponerse al día si inicia este nuevo año con multas por infracciones de tránsito?

Gráfico LR

El valor de las multas de tránsito se incrementó en 2025 según el porcentaje aplicado al salario mínimo mediante decreto presidencial

10 de enero de 2025

Cristian Moreno Garzón

cmoreno@larepublica.com.co
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Si se le pasó pagar una (o unas) multa (s) por haber cometido una infracción de tránsito, puede que haya iniciado el año preocupado por sus deudas. Sin embargo, acá le damos algunos consejos de lo que podrá hacer para subsanar estas obligaciones.

El valor de las multas de tránsito se incrementó en 2025 según el porcentaje aplicado al salario mínimo mediante decreto presidencial. Este ajuste impactó directamente los costos asociados a diversas infracciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito.

Las multas son deudas, lo normal que hay que hacer con una obligación es pagarla. Sin embargo, es importante que con los comparendos de tránsito se tenga en cuenta varias situaciones como la prescripción y la caducidad.

"La prescripción de las deudas de infracciones de tránsito, pues prescriben después de un cierto tiempo, se inicia un cobro coactivo sobre esa obligación, sobre esa deuda, pero igual si no, si está fuera del término, para este caso inicialmente son tres años para que se ejecute en cuanto a cobro coactivo, y si no se ha ejecutado, pues puede operar el fenómeno de la prescripción", dijo Pablo Eduardo Díaz, asesor en temas de tránsito y transporte.

Si usted no se pone al día con sus multas de tránsito puede generar que el Gobierno entre en un cobro coactivo, lo que implica en pocas palabras que le pueden embargar cuentas bancarias y demás.

¿Qué multas se pueden apelar?

Si no está de acuerdo con la imposición del comparendo y desea impugnarlo, dispone de un plazo de 5 días hábiles a partir de su imposición.Si el comparendo fue emitido por medios electrónicos, el plazo se extiende a 11 días hábiles.

"Si que usted compareció a la audiencia ante el funcionario en donde se practicaron las pruebas en donde se sancionó. Se le impondrá una multa correspondiente al cien por ciento (100%) previsto en la Ley. En caso de que quiera apelar dicha decisión, deberá hacerlo oralmente y sustentarlo en la audiencia en la que se profiera", dijo Sarita González, asistente legal en Riveros Victoria Abogados.