Judicial

Congresista Espinal demandó resolución que permitió a reclusos asistir a evento de Petro

@Juan_EspinalR

Señaló que, con este hecho, se violó la Ley 65 de 1993 y la Ley 906 de 2004, al autorizar su salidad con fines no previstos en la norma

31 de octubre de 2025

Sara Ibañez Pita

Canal de noticias de Asuntos Legales

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El representante a la Cámara de Representantes, Juan Espinal, radicó una demanda de nulidad, ante el Consejo de Estado, contra las resoluciones que expidió el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, con los que autorizó el traslado de algunos internos para participar en un evento liderado por el presidente Gustavo Petro en Medellín.

Espinal argumentó que las resoluciones no tuvieron ningún fundamento jurídico válido y que, por el contrario, están en contravía a lo que dicta Ley 65 de 1993, Código Penitenciario y Carcelario, y la Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal, al avalar traslados de reclusos con fines que no están previstos en la normativa.

La decisión de movilizarlos se tomó con base en una solicitud de la senadora Isabel Cristian Zuleta, quien actuó como coordinadora para la Construcción de la Paz Urbana. Sin embargo, el representante explicó que esta figura no está contemplada en el ordenamiento jurídico que consigna quienes son los sujetos facultados para solicitar este tipo de traslados.

En el evento, realizado en la plazoleta de La Alpujarra el 21 de junio, los internos hicieron intervenciones y declaraciones públicos, así como señalamientos a autoridades locales que, después, fueron transmitidas y replicadas en diferentes medios de comunicación.

Espinal señaló que esta decisión del Inpec vulneró los principios de Estado de Derecho, relacionados con la separación de poderes, la reserva judicial y el principio de igualdad. "El sistema penitenciario colombiano no puede ser instrumentalizado con fines políticos. El Inpec debe mantener su naturaleza técnica y jurídica, alejada de cualquier interferencia externa”, manifestó.

Con este recurso, se busca reestablecer el orden jurídico y reafirmar la competencia que es exclusiva de la rama judicial para ejecución de penas y para evitar actuaciones que pongan en riesgo la institucionalidad penitenciaria.