Conozca algunas medidas legales con las que puede evitar mensajes de publicidad
Una de las alternativas que tienen los usuarios y que además es gratis es inscribir su número en el Registro de Números Excluidos
28 de noviembre de 2022Contenido
Aunque por el celular y debido a las redes sociales muchas veces la vida privada parece pública, recibir mensajes a la cuenta o al teléfono de publicidad no solicitada se ha convertido en una de las acciones más molestas en la actualidad. Promociones de productos, invitaciones a participar en proyectos o hasta mensajes proselitistas de candidatos en épocas electorales, a veces llenan las bandejas de entrada y la paciencia de los usuarios, pues sienten que han sido invadidos y más que interés por el mensaje generan rechazo.
Ante eso, en los últimos años se han presentado múltiples quejas a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) porque se consideran violatorias a la privacidad y a la Ley 1581 de 2012, que trata sobre el Habeas Data, pero al mismo tiempo esta entidad aseguró que no existe una manera de como filtrar la información directa respecto a las quejas, por lo que estos temas son tratados a través de la prospección comercial.
Dado esto y según la SIC en lo corrido del 2022, se han presentado bajo la categoría de prospección comercial, en la Delegatura para la Protección de Datos Personales, un total de 28 quejas y 108 en el año 2021. De esas 136 quejas los operadores con más reclamos son Comunicación Celular Comcel, con 75; Colombia Telecomunicaciones con 20 y Colombia Móvil 23.
Hay alternativas
Para evitar estos mensajes masivos que a diario se envían a las cuentas y números registrados hay varias alternativas, una de ellas y tal vez la más obvia y menos usada sería leer muy bien los términos y condiciones que llena el usuario, pues en ocasiones, por el afán, aprueba que le envíen información y publicidad que, luego, termina siendo abrumadora.
A nivel de la normatividad, también hay respuesta clara, pues la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en su resolución 445 de 2014, actualizó la forma de trabajo de las empresas que venden mensajes de forma masiva y, además, recalcó algunos derechos que tienen los usuarios.
La resolución al respecto plantea en las modificaciones en el Artículo 14 que: “Los usuarios tienen derecho a solicitar en cualquier momento la exclusión, rectificación, confidencialidad o actualización de sus datos de la totalidad de las bases de datos de los proveedores de redes y servicios de comunicaciones utilizadas para enviar mensajes cortos de texto -SMS-, mensajes multimedia -MMS-, y/o mensajes a través de USSD, con fines comerciales y/o publicitarios, para lo cual los proveedores deberán proceder de forma inmediata.
Los usuarios podrán inscribir ante la CRC de forma gratuita su número de abonado móvil en el Registro de Números Excluidos -RNE- con el propósito de evitar la recepción de mensajes cortos de texto -SMS- y/o mensajes multimedia -MMS-, con fines comerciales y/o publicitarios”.
Ante esta alternativa, Pablo Márquez, socio de Ecija Colombia, explicó cómo funciona.
“Inscribirse en el RNE hace que las personas no reciban mensajes de texto no solicitados. Los operadores pueden mandar SMS siempre y cuando el usuario no esté en el RNE o haya dado autorización previa para recibirlos, como sucede, por ejemplo, con las alertas de transacciones bancarias”, señaló.
El Registro de Número Excluidos, RNE, es un servicio que ofrece la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en la que los usuarios inscriben gratuitamente sus datos para limitar la información no deseada, sean de mensajes y textos SMS, publicitarios o comerciales.
Además de esta alternativa, los operadores de telecomunicaciones deben atender las quejas de los usuarios y ofrecer otros mecanismos para evitar la recepción de mensajes no deseados y publicidad no pedida.
¿Mal necesario?
Para empresas grandes o pequeñas, el mundo digital ofrece la posibilidad de entrar directamente en contacto con sus clientes y potenciales usuarios. Los mensajes de texto se han convertido en una línea de mercadeo útil, en la cual se puede enviar más de un millón de mensajes por hora, seguimiento de aperturas de link o chatbots para múltiples redes sociales.
Por ello, y ante el tema de los mensajes no deseados, es importante aclarar que para presentar la reclamación es necesario haber surtido previamente todos los trámites ante el responsable del tratamiento de datos personales, es decir, la empresa que le está enviando los mensajes de texto.
Si surtido el proceso y la investigación la SIC encuentra que efectivamente se presentó una infracción, puede imponer sanciones hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, suspensiones, e incluso el cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles.
Para Diego Márquez, abogado y analista, la norma es útil, pero hay salidas por parte de las empresas que ofrecen a las compañías paquetes de información personal.
“Aquí hay mucho de largo y de ancho, porque si no lo has autorizado podrías, de inmediato, poner una reclamación directa a la empresa y luego denunciarlos ante la SIC. Lo que pasa es que las bases de datos las venden y uno autoriza esa venta, así que, uno por uno, debes ir solicitando que te retiren de las bases de datos y hacer ese trámite”, señaló el experto. Además, recomendó el RNE, aunque tiene sus falencias.
“En principio registrarlo reduce ese tipo de mensajes, se supone, pero, igual no es infalible”, concluyó Márquez.
Antecedentes
De acuerdo con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en 2020 se presentaron más de 14.577 quejas por publicidad por medio de mensajes de texto, una cifra superior a la de 13.615 que se presentaron en 2019. De estas, 70,9% fueron por falta de autorización, una de las infracciones contempladas en la Ley 1581 de 2012, conocida comúnmente como ley de habeas data. En el segundo trimestre de ese año se intercambiaron 651 millones de sms otra cifra que va en alza.