Conozca cómo consultar si es jurado de votación y las consecuencias de no presentarse
La Registraduría Nacional ya inició el sorteo de jurados de votación para las elecciones presidenciales del 31 de mayo de 2026
05 de mayo de 2026Contenido
La Registraduría Nacional del Estado Civil inició el proceso de designación de los ciudadanos que ejercerán como jurados de votación durante las elecciones presidenciales programadas para el 31 de mayo de 2026. Este procedimiento se realiza mediante un sorteo electrónico que cuenta con la supervisión del Consejo Nacional Electoral, CNE, así como de observadores nacionales e internacionales y delegados de las diferentes fuerzas políticas.
En Bogotá ya se han definido los resultados iniciales, resultando seleccionados 124.011 ciudadanos para cubrir las 17.162 mesas de votación dispuestas en la capital colombiana. El cronograma institucional indica que el sorteo para el resto de los departamentos del país finalizará este miércoles, permitiendo que la lista completa de seleccionados esté consolidada y disponible para el público general a partir del 7 de mayo. Las autoridades electorales han formalizado estos nombramientos mediante las resoluciones correspondientes que ya rigen para el distrito capital.
Los ciudadanos interesados en verificar su asignación deben ingresar al portal oficial de la Registraduría y dirigirse a la sección dedicada a los comicios presidenciales de 2026. Tras introducir el número de documento de identidad en el aplicativo de consulta, el sistema informa si la persona ha sido designada y, en caso afirmativo, suministra la citación oficial con los datos precisos sobre el puesto, la mesa y el cargo asignado. Este mecanismo de consulta digital es la vía principal de notificación para asegurar que los elegidos tengan conocimiento de su responsabilidad legal.
El cumplimiento de esta labor conlleva obligaciones estrictas, como la presencia en el puesto de votación a las 7:00 de la mañana del día de la elección para proceder con la instalación de las mesas media hora después. Aquellos ciudadanos que no se presenten o lleguen después de la hora estipulada serán reportados como ausentes, lo que deriva en la imposición de sanciones económicas conforme a la normativa vigente. Asimismo, se establece que cada jurado solo tiene permitido sufragar en la misma mesa donde cumple sus funciones de supervisión y conteo.
En cuanto a las consecuencias, usted podría enfrentar sanciones por no presentarse están dispuestas en el parágrafo 5 del artículo 48 de la Ley Estatutaria 1622 de 2013: en el caso de los servidores públicos, podrían ser destituidos de su cargo; para personas naturales, se les impondría una multa de 10 smlmv, equivalentes a $17,5 millones.
La normativa electoral dispone que las personas seleccionadas para esta primera vuelta deberán mantener sus cargos en caso de que se requiera una segunda vuelta presidencial el 21 de junio de 2026. No se realizará un nuevo sorteo para dicha fecha, por lo que los ciudadanos asignados deberán presentarse en el mismo puesto y mesa de votación designados originalmente.
Esta disposición busca dar continuidad al proceso administrativo y asegurar que el personal ya capacitado asuma nuevamente la responsabilidad en la jornada de votación complementaria.