Conozca las siete normas no reguladas que son comunes en el comercio del país
La ccb y asociación cavelier organizaron el primer debate de costumbres mercantiles
12 de junio de 2018Contenido
Se ha preguntado alguna vez, ¿en que manual o código está que cuando se compra un carro se encime la llanta de repuesto, o que la salida de un hotel se deba hacer a las 12 del medio día?
Seguramente no se ha hecho esa pregunta porque es ya una costumbre y no tendría reparación, pero, ¿si supiera que esto no está estipulado en ningún código o Ley dejaría de cumplirlo?. Tal vez no.
Pues estás prácticas son las conocidas en el mundo comercial como: costumbres mercantiles que por definición “son prácticas comunes entre las personas que hacen transacciones comerciales y que no están contempladas en ninguna ley o norma de comercio”.
Estas normas se encuentran protegidas y certificadas, en el caso de Bogotá y gran parte de Cundinamarca, por la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB).
Existen siete tipos de costumbres mercantiles, la costumbre opuesta a la ley, es aquella que no tienen ningún valor, no se le reconoce competencia para derogar leyes, es una costumbre no apta.
Luego viene la costumbre según la ley, que se le reconoce valor y alude a la misma ley, por ejemplo, la comisión por intermediación de venta de bienes inmuebles o los pagos de cánones de arrendamiento de locales comerciales.
Las costumbres mercantiles en ausencia de la ley, son aquellas que prevén lo no previsto por la ley, por ejemplo, cuando un huésped va a hacer el “checkout” en un hotel a una hora estimada, eso no esta contemplado en ninguna ley, pero es una costumbre mercantil del sector hotelero que se acostumbre hacer a las 12:00 m.
Las siguientes son las costumbres locales que son fruto de la experiencia en un sitio o zona geográfica determinada. Tiene prelación sobre la costumbre general o nacional, por ejemplo, cuando una persona compra un vehículo, se tiene la costumbre de que debe recibir las llaves y la llanta de repuesto.
Por otro lado, están las nacionales, es decir, que se aplican en gran parte del territorio colombiano como que los gastos notariales de escritura pública tanto el comprador como el vendedor se repartan por mitad, o que el pago del impuesto del registro de la escritura pública sea pagado por el comprador.
La costumbre internacional es aquella que se establece, origina y acata en los negocios celebrados por personas en varios países y que se hace de forma sucesiva e idéntica siempre, tal es el caso de los términos y condiciones de las páginas web.
Finalmente, esta la costumbre mercantil extranjera, aquella que acata en parte o en todo el territorio de un estado diferente a Colombia, como los contratos internacionales que tuviesen puntos de contacto con el derecho de otro país.
Mario Trujillo, vicepresidente jurídico de la CCB afirma que “hay una creencia que dice que la costumbre mercantil ha sido reemplazada por la regulación, a mi parecer es falsa porque en el mundo actual hay cantidad de formas de comercio sin regular”.