Conozca los nuevos horarios extendidos de las oficinas de Registro de Instrumentos Públicos
Según la Superintendencia de Notariado y Registro están habilitadas 195 Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos en el país
28 de septiembre de 2020Contenido
La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) informó que ha habilitado la prestación del servicio en las 195 Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) que operan en el territorio nacional. En esta ocasión, por medio de la Resolución 07586 de 2020 se autorizó un horario de atención de 8:00 a.m. a 12 m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
Para poder acceder a los servicios presenciales la entidad ha recalcado que la atención a los ciudadanos se realizará acatando los protocolos de bioseguridad adoptados por la SNR, como, por ejemplo, el uso de los elementos de protección personal, el seguimiento de los parámetros de distanciamiento entre cada persona, que debe ser de mínimo dos metros.
Con el objetivo de mitigar y controlar los riesgos de contagio y propagación del virus covid-19, el número de usuarios en cada ORIP y la forma en que ingresarán, será determinado por cada Registrador teniendo en cuenta la infraestructura de la oficina y el protocolo de bioseguridad implementado por la entidad
No obstante, los canales virtuales seguirán funcionando mediante la página web www.supernotariado.gov.co los cuales funcionan las 24 horas del día, los siete días de la semana.
Las diligencias virtuales que usted podrá llevar a cabo vía virtual son, expedición de Certificados de Tradición, expedición de Certificados de No Propiedad, consulta de Índice de Propietarios, consulta de información referente a licencias urbanísticas, consulta de liquidación de herencias, consulta de autorización de salida de menores del país, ventanilla Única de Registro y radicación de Pqrsd.
Sin embargo, los Certificados de Tradición también podrán ser adquiridos en las Oficinas de Registro que cuenten con puntos Reval. Para ello, las oficinas que tengan con las condiciones para prestar este servicio de manera presencial, previamente deberán comunicarlo a la Dirección Técnica de Registro y, posteriormente, informar al público por medio de un aviso exhibido en un lugar visible.