Judicial

Consejo de Estado admitió demanda que pretende tumbar personería jurídica del Pacto

Colprensa

Los abogados que interpusieron el recurso aseguraron que haber avalado la fusión del partido con otros tres movimientos violó la Constitución

30 de octubre de 2025

Sara Ibañez Pita

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El Consejo de Estado admitió una demanda que pretende tumbar la personería jurídica del Pacto Histórico porque, según afirmaron los referidos, la fusión entre el Pacto y los partidos Polo Democrático, Comunista Colombiano y Unión Patriótica, no debió haberse avalado, debido a las investigaciones que estos tres movimientos enfrentan actualmente.

"Admitir la demanda de nulidad formulada por los referidos demandantes en contra de las Resoluciones 09673 del 17 de septiembre y 10211 del 15 de octubre, ambas de 2025, proferidas por el Consejo Nacional Electoral", se lee en la decisión.

El recurso fue interpuesto por los abogados Samuel Ortiz Mancipe y Lucas Durán, quienes argumentaron que el CNE no podía concederle la personería al Pacto de forma parcial, debido a que seguían en curso algunas investigaciones contra los partidos integrantes de la fusión.

"La Ley establece una prohibición explícita y expresa, totalizante del acuerdo en punto a la fusión de un partido o movimiento político respecto de otro ante la mera existencia de un proceso sancionatorio en curso, lo que a la postre, al no haber sido tenida en cuenta de manera adecuada y correcta en la Resolución acusada, hace que el acto adolezca del vicio nulitante de los actos administrativos en cuestión”, afirmaron.

En la demanda, también señalaron que fue reprochable que los movimientos y el mismo CNE aceptaran esta decisión, teniendo en cuenta que estaban pendientes algunos procesos sancionatorios: hecho que representó una vulneración a la Constitución y la normativa electoral.

“Permitir la fusión de partidos políticos y el consecuente reconocimiento de personería jurídica mientras existen procesos sancionatorios en curso podría generar un fraude a la Ley, como ya se mencionó y lo expuso la propia Corte Constitucional mediante la Sentencia C-490 de 2011, al posibilitar que las colectividades evadan responsabilidades (para el caso administrativas), debilitando la eficacia de las atribuciones de inspección, vigilancia y control que ejerce el Consejo Nacional Electoral”, explicaron.

En razón de esto, los abogados advirtieron que el CNE habría tenido motivaciones falsas, debido a una interpretación indebida de las normas, con lo que se estaría sacando provecho indebido a los logos usados en 2022 en la campaña del Pacto Histórico.

Uno de los primeros en pronunciarse fue el presidente Gustavo Petro, quien aseguró que prohibir la personería del partido atenta contra la Constitución y el derecho a elegir y ser elegido. También afirmó que, de tener lugar la demanda, acudirá a organismos internacionales y a la Corte Constitucional.

Finalmente, la demanda fue remitida al CNE para que dé respuesta sobre los hechos y haga llegar el expediente del acervo probatorio por el que decidió otorgar parcialmente la personería al partido.