Legislación

Consejo de Estado mantiene norma sobre pago por uso de equipos propios en teletrabajo

Expansión

Se determinó que estos acuerdos no exoneran al empleador de sus obligaciones legales, sino que constituyen una vía para cumplirlas

06 de mayo de 2026

Isabella Rodríguez Ángel

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El Consejo de Estado decidió mantener la vigencia de la norma que regula los acuerdos de compensación por gastos de servicios y herramientas en la modalidad de teletrabajo. El alto tribunal negó la solicitud de suspensión provisional de los artículos contenidos en el Decreto 1227 de 2022. Esta decisión permite que los empleadores y trabajadores continúen pactando pagos por el uso de equipos y servicios de propiedad del empleado mientras se produce un fallo definitivo sobre la legalidad de la norma.

La demanda presentada contra el decreto argumentaba que el Gobierno Nacional había excedido sus facultades al permitir estos acuerdos. Según los demandantes, la Ley 1221 de 2008 establece que es obligación del empleador suministrar los medios necesarios para la labor. No obstante, el tribunal consideró que la reglamentación actual no anula dicha responsabilidad, sino que define un método para ejecutarla mediante una retribución económica previamente acordada entre las partes.

En el análisis de la corporación se determinó que la posibilidad de utilizar equipos propios con un auxilio compensatorio responde a las diversas condiciones en las que se desarrolla el trabajo remoto. El magistrado ponente señaló que este mecanismo facilita la operatividad del teletrabajo cuando el empleador no puede entregar herramientas físicas de forma inmediata. La resolución indica que el trabajador no asume los costos de su actividad, ya que estos son cubiertos a través del pago pactado por el uso de sus recursos personales.

El fallo advierte que suspender esta reglamentación generaría un vacío normativo que afectaría la seguridad jurídica de las relaciones laborales vigentes. El tribunal explicó que la falta de reglas claras sobre el pago de estos gastos pondría en riesgo la continuidad de la modalidad laboral para muchos empleados. Al mantener la norma, se busca preservar la aplicación efectiva de los deberes legales del empleador sin interrumpir el desarrollo de la política pública de empleo digital en el país.

El Consejo de Estado aclaró que esta postura es de carácter preventivo y se mantendrá hasta que concluya el estudio de fondo de la demanda. Por el momento, la normativa sigue siendo aplicable para todas las empresas y trabajadores bajo el esquema de teletrabajo en el territorio nacional.

Los empleadores deben garantizar el cumplimiento de sus obligaciones legales mediante el suministro directo de equipos o a través de la compensación económica estipulada en los acuerdos bilaterales.