El Consejo de Estado negó suspender la elección de De la Espriella por ser estadounidense
Determinó que no es posible crear, mediante una interpretación, una prohibición que no está prevista expresamente en la Constitución o en la ley
05 de agosto de 2026Contenido
El Consejo de Estado negó la solicitud de suspender provisionalmente la elección del presidente Abelardo de la Espriella, y admitió las demandas contra el acto que lo declaró como jefe de Estado electo. Pero reiteró que la decisión es de carácter provisional y no resuelve de fondo la legalidad de la elección, que se definirá cuando se dicte sentencia.
La demanda sostiene que el juramento que hizo De la Espriella para obtener la ciudadanía estadounidense sería incompatible con el compromiso que debe asumir al momento de posesionarse.
Tras estudiar la solicitud, la sala del Consejo de Estado explicó que la Constitución no impide ser presidente a quienes son colombianos por nacimiento. Aclaró que, para ocupar el cargo, "la Carta Política solo exige ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de 30 años".
La corporación precisó, además, que el juramento presidencial es una solemnidad que se cumple al tomar posesión, no un requisito para ser elegido, ni una causal de inhabilidad. Asimismo, aclaró que la presunta incompatibilidad derivada de las obligaciones adquiridas por el demandado al naturalizarse en Estados Unidos de América tampoco configura una causal de nulidad.
Finalmente, destacó que no es posible crear, mediante una interpretación, una prohibición que no está prevista expresamente en la Constitución o en la ley.