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Consejo de Estado niega tutela interpuesta en caso Isagen

25 de septiembre de 2014

Colprensa

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La tutela fue interpuesta por Enrique Alfredo Daza Gamba, quien consideraba que se habían violado sus derechos al debido proceso y el acceso a la administración de justicia al levantar la medida cautelar que, en un primer momento, había sido concedido, frenando de manera provisional la venta de la Empresa.

La Sección Quinta, con ponencia del magistrado Alberto Yepes Barreiro, señaló que la acción de tutela no es el mecanismo judicial para decretar la suspensión provisional del Decreto 1609 de 2013.

Esto porque actualmente cursa en la Sección Cuarta de esta Corporación una acción de nulidad de dicho decreto.

“No es la acción de tutela el mecanismo para determinar la vulneración al patrimonio público, derecho de rango colectivo frente al cual el Constituyente diseñó la acción popular desarrollada mediante la Ley 472 de 1998”, indica el fallo.

La Sala advierte que, según la información de procesos, en la actualidad están en curso tres acciones populares que tienen por objeto que no se venda la participación de la Nación en Isagen.

“También cursan dos acciones de nulidad simple, una que presentó quien actúa como actor en esta tutela y otra presentada por el ciudadano Rodrigo Toro Escobar. Son esos los mecanismos idóneos para determinar si se ajusta o no al ordenamiento la enajenación a la que hace referencia el Decreto 1609 de 2013 y no la acción de tutela”, puntualiza la Sala.