Consejo de Estado suspende decreto sobre negociaciones colectivas por sectores
La medida había sido presentada como una herramienta para fortalecer la capacidad de los sindicatos en las negociaciones colectivas
05 de octubre de 2026Contenido
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 234 de 2026, norma que establecía reglas para que los sindicatos presentaran pliegos de peticiones unificados para sectores económicos completos, en lugar de hacerlo de manera individual frente a una compañía específica. La medida había sido presentada como una herramienta para fortalecer la capacidad de los sindicatos en las negociaciones colectivas.
Distintos gremios empresariales advirtieron sobre posibles afectaciones para las empresas, especialmente las pequeñas compañías, al tener que participar en negociaciones que abarcarían sectores económicos completos. Con la suspensión provisional, el decreto deja de producir efectos a partir de la notificación de la decisión judicial.
Frente a la decisión, el Ministerio del Trabajo señaló que la suspensión no afecta el derecho a la negociación colectiva. La cartera indicó que continúan vigentes el artículo 55 de la Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo y los Convenios 87, 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo, además de señalar que las convenciones colectivas vigentes y las negociaciones adelantadas conforme al Código mantienen su validez.
El Ministerio del Trabajo manifestó que respeta y acata la decisión del Consejo de Estado y que sus direcciones territoriales y demás dependencias se abstendrán de aplicar el Decreto 234 de 2026. Asimismo, señaló que impartirá las orientaciones necesarias sobre los trámites que se encuentren en curso mientras avanza el proceso judicial relacionado con la norma.