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Consultorio Administrativo

08 de mayo de 2013

Pablo Felipe Robledo

Canal de noticias de Asuntos Legales

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¿En los extractos el usuario puede conocer el reporte a las bases de información por mora en el pago?

La mora en el cumplimiento del titular de la información en sus obligaciones permite a la fuente de información reportar esta información negativa en las bases de datos de los operadores, para lo cual, se debe de enviar comunicación al titular de la información por lo menos con 20 días calendario anteriores al reporte. La mencionada comunicación podrá enviarse sin la exigencia que sea por correo certificado, a través de los extractos periódicos que las fuentes envíen a sus clientes. Los mensajes cortos de texto -SMS-  son mensajes de datos que permiten el envió y recepción de información hacía el equipo terminal móvil del titular de la información y es válida la comunicación para el reporte de la información negativa, siempre y cuando este medio sea pactado con el titular de la información pueda ser objeto de consulta y se ajuste a lo dispuesto en la ley 527 de 1999 y/o sus decretos reglamentarios. Equipos móviles, fijos o portátiles utilizados por los usuarios con capacidad para recibir o para recibir y establecer comunicación de respuesta al sistema, mediante un código o sistema de códigos asignados para su identificación. Por lo anterior los equipos celulares tienen la capacidad de recibir y enviar mensajes cortos de texto -SMS-, con el fin de establecer una comunicación. Si se requiere más información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet  www.sic.gov.co