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Consultorio civil

15 de mayo de 2013

Edmundo Conde Zamora

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¿Para estar afiliado a la caja de compensación familiar como independiente se debe acreditar el pago de pensiones y salud?

Un trabajador independiente debe efectuar sus aportes en los regímenes de salud, pensiones y subsidio familiar sobre la base de sus ingresos reales, pero dicha base nunca podrá ser inferior a un salario mínimo. La información suministrada por el afiliado podrá ser verificada por las entidades de seguridad social, entre ellas las Cajas de Compensación Familiar, en cualquier momento y en el evento de encontrar inconsistencias, podrán solicitarle que pague los aportes adeudados si a ello hay lugar. Por lo anterior, desafortunadamente la norma exige que para estar afiliado a la Caja de Compensación Familiar como trabajadora independiente deberá acreditar el pago el pensiones y salud (EPS).El artículo 19 de la Ley 789 de 2002, dispone: “Régimen de afiliación voluntaria para expansión de cobertura de servicios sociales. Habrá lugar a un aporte a las Cajas de Compensación Familiar del 0.6% sobre una base de un salario mínimo legal mensual vigente, sin que dicha suma otorgue derechos para el pago de subsidios, limitándose el beneficio a las actividades de recreación, capacitación y turismo social en igualdad de condiciones frente a los demás afiliados a la Caja, cuando se presente uno cualquiera de los siguientes casos, sin perjuicio de los períodos de protección previstos en esta ley por fidelidad cuando los empleadores que no estando obligados a cotizar a las Cajas.