Judicial

Contraloría ratificó fallo con responsabilidad fiscal por $2,9 billones en el caso Reficar

Se concluyó que existe la certeza del daño al patrimonio público, así como el nexo de causalidad de los señalados responsables

18 de octubre de 2021

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co
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En un comunicado oficial la Contraloría General de la Nación (CGR) informó que dejó en firme fallo con responsabilidad fiscal por $2,9 billones en el caso Reficar.

Esto se dio en una segunda instancia revisada por el ente de control que confirmó la declaratoria de responsabilidad fiscal, a título de culpa grave, contra dos presidentes y tres vicepresidentes de la Refinería de Cartagena,
siete miembros de su junta directiva y cuatro contratistas.

La Sala de Decisión de la Sala Fiscal y Sancionatoria de la CGR concluyó que existe la certeza del daño al patrimonio público, así como el nexo de causalidad entre el comportamiento de los declarados responsables fiscales y el daño ocasionado al erario.

El fallo con responsabilidad fiscal se da por el control de cambio 2 en cuantía
indexada de más de $1,3 billones, y por un monto indexado de más de $1,6
billones por el control de cambio 3.

Según la Contraloría en la modernización de la Refinería de Cartagena se
presentaron mayores inversiones que no le agregaron valor al proyecto en
cuantía de US$997 millones, es decir, $2,9 billones, el monto
en que cuantificó finalmente el daño fiscal ocasionado.

"Se dieron gastos que no tuvieron relación con el proyecto, hubo baja
productividad de la mano de obra directa, mayores gastos en contratación de
personal y demoras en las actividades propias del proyecto causadas por
acciones y omisiones, por parte de la junta directiva, el contratista y el supervisor del proyecto", afirmó la Contraloría

También se confirmó la declaratoria como terceros civilmente responsables de: la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. Confianza, Chubb de Colombia Compañía de Seguros S.A. y AXA Colpatria Seguros S.A. Además, se confirmaron todas las declaratorias sin responsabilidad fiscal del
fallo de primera instancia.