Corte advierte que obstruir vínculo entre hijos y padres es violencia intrafamiliar
La Corte Suprema señaló que impedir de forma reiterada el contacto de niños con uno de sus padres puede constituir violencia intrafamiliar y afectar su salud mental
07 de octubre de 2026Contenido
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La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia amparó los derechos fundamentales de dos niñas de 10 y 6 años, luego de determinar que su padre obstaculizó de manera sostenida el contacto con la madre tras el divorcio de los progenitores.
El caso se originó durante una visita autorizada, en donde el padre retuvo a las menores y denunció a la madre por un presunto delito sexual. Aunque la investigación penal fue archivada por inexistencia de los hechos, el hombre recurrió a diferentes mecanismos judiciales que prolongaron la separación entre las niñas y su madre.
La Corte señaló que la obstrucción parental del vínculo filial, cuando es reiterada constituye una manifestación de violencia intrafamiliar por maltrato, pues puede afectar la salud mental y la integridad emocional de niños, niñas y adolescentes. Además, vulnera derechos como la dignidad humana, la identidad y el derecho a mantener relaciones personales.
El alto tribunal precisó que para identificar esta conducta no es necesario establecer la intención subjetiva del progenitor ni contar con un diagnóstico clínico del menor. Los jueces deben analizar indicadores objetivos, como la ausencia prolongada e injustificada de contacto, el uso de procesos judiciales para mantener la separación y también la resistencia a medidas de acercamiento.
En este caso, la Corte ordenó emitir un nuevo fallo que valore la conducta obstructiva del padre y mantuvo las sanciones impuestas por el incumplimiento de las medidas de protección. Según la Sala, los jueces tienen el deber de adoptar medidas concretas que permitan restablecer el vínculo familiar en condiciones seguras para los menores.