Corte avala uso de saldos del Fondo Nacional de Regalías para la paz
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La Corte señaló que destinar un uso adicional de los saldos de dicho fondo es una medida que está relacionada con el deber gubernamental de garantizar las inversiones necesarias para la implementación del Acuerdo.
De acuerdo con el Decreto, se trata de los saldos que queden luego de que se hagan los giros respectivos a los proyectos de inversión que ya están aprobados previamente, en virtud de la Ley 1530 de 2012.
No obstante, la Corte tumbó el resto del decreto, que permitía usar para la paz los excedentes del pasivo pensional de las entidades territoriales cuya fuente es dicho fondo, al estimar que esto no guarda una relación de conexidad con la implementación del Acuerdo de Paz y que tienen que ver con recursos que ya están pactados para la reconstrucción de la infraestructura vial y la recuperación ambiental por cuenta de la ola invernal 2010-2011.
En este caso, la Procuraduría General de la Nación le había solicitado a la Corte tumbar todo el decreto por estimar que los recursos del Fondo Nacional de Regalías y los dineros provenientes de las regalías, ya tenían una fuente específica limitada por el Congreso de la República.