Corte Constitucional aseguró que se debe garantizar refugio para habitantes de calle
La Corte determinó que existían otras alternativas distintas al cierre, pues el desalojo vulneró sus derechos, por lo que ordenaron abrir de nuevo el refugio
28 de abril de 2021Contenido
La Corte Constitucional estudió tres tutelas en las que se describía que habitantes de calle fueron desalojados de un albergue de municipio de Andes, Antioquia tras la clausura del establecimiento durante la pandemia.
Con una ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz, la Corte aseguró que la alcaldía del municipio no podía justificar el cierre con la supuesta dificultad para que los habitantes acataran medidas de higiene
"Esta vulnerabilidad que afrontan habitantes de calle se acentuó durante la emergencia sanitaria y tiene manifestaciones concretas, como incumplir el distanciamiento físico o no contar con acceso suficiente al agua y saneamiento básico", manifestó la Corte Constitucional.
La Corte determinó que existían otras alternativas distintas al cierre, pues el desalojo vulneró sus derechos, por lo que ordenaron abrir de nuevo el refugio o en su defecto, implementar otros programas de protección.