Corte Constitucional concede tutela a Andrés Felipe Arias, se le revisará la condena
El exministro de Agricultura actualmente cumple una condena de 17 años por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro
21 de mayo de 2020Contenido
La Corte Constitucional anunció que falló a favor de Andrés Felipe Arias, con lo que, al conceder la tutela que el exministro presentó, se permitirá que otro juez evalúe su condena actual de 17 años por el caso de Agro Ingreso Seguro.
El exministro de Agricultura había regresado al país para cumplir su sentencia luego de estar extraditado en Estados Unidos. En la actualidad, y desde julio del año pasado se encuentra privado de la libertad en el Cantón Norte.
En dos Salas Plenas virtuales de más de cinco horas la Corte Constitucional evaluó la tutela en la que Arias solicitaba que se le permitiera interponer un recurso contra el fallo que lo condenaba en única instancia y el Alto Tribunal accedió a darle el amparo del derecho fundamental al debido proceso.
La ponencia estuvo a cargo de la magistrada Diana Fajardo. Dentro de la votación, cinco magistrados estuvieron a favor de conceder dicho beneficio al exministro, mientras que cuatro se opusieron.
Los magistrados Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares, José Fernando Reyes y Alberto Rojas salvaron su voto, mientras que las magistradas Diana Fajardo y Cristina Pardo aclararon su voto.
La Corte señaló durante la revisión que la sentencia que se le había aplicado a Arias se había realizado acorde a las medidas vigentes para ese año, dentro de las cuales no se incluía la doble instancia para casos de aforados (ministros, gobernadores, congresistas y generales), pues fue hasta 2018 que entró en vigencia la ley de doble instancia que realizó el Congreso de la República.
Invocando dicha Ley, Arias señaló que para que no se le vulnerara su derecho al debido proceso se le debía revisar su sentencia, toda vez que el Congreso había dado cabida para que los aforados tuvieran una segunda oportunidad.
Además, el Alto Tribunal señaló que el exministro tiene derecho a la doble conformidad, medida que es diferente a la de doble instancia, es decir, que se le otorgará el beneficio de que otro juez revise la pena que le fue impuesta.
La decisión que tomó la Sala Plena de la Corte podría influir en la condena de más de 230 personas que la Corte sentenció en única instancia entre 1991 y 2018, año en que entró en vigencia la Ley de doble instancia que realizó el Congreso de la República.