Legislación

Corte Constitucional estudia posible conflicto de interés de magistrada Paola Meneses

Colprensa

La magistrada Paola Andrea Meneses presentó un impedimento ante la Corte para no participar en el debate sobre el Decreto 1474

29 de enero de 2026

Isabella Rodríguez Ángel

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La magistrada de la Corte Constitucional Paola Andrea Meneses manifestó formalmente un impedimento para intervenir en la revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 1474 de 2025.

Esta normativa, emitida en el marco de una emergencia económica, establece gravámenes y aranceles a la extracción de hidrocarburos y carbón. La funcionaria fundamentó su solicitud en la existencia de un posible conflicto de intereses derivado del vínculo matrimonial con el jefe jurídico de Ecopetrol.

Meneses expuso ante la Sala Plena que el cargo desempeñado por su cónyuge implica la elaboración de conceptos legales y asesorías sobre el impacto financiero de las medidas fiscales en la empresa estatal.

El análisis de su pareja se centra específicamente en cómo los nuevos tributos afectan los contratos y la estabilidad económica de la entidad. Dado que el decreto en cuestión altera directamente las cargas impositivas del sector minero energético, la magistrada considera que su imparcialidad podría verse comprometida.

El documento presentado destaca el artículo 8 del mencionado decreto, el cual crea el impuesto especial para la estabilidad fiscal. Dicho tributo se aplica a la primera venta o exportación de hidrocarburos y carbón, afectando a sujetos con una renta líquida ordinaria superior a las 50.000 Unidades de Valor Tributario, UVT. Al ser Ecopetrol el principal actor en estas operaciones comerciales, la aplicación de la norma recae directamente sobre las finanzas que su esposo debe salvaguardar jurídicamente.

Asimismo, la magistrada señaló que el artículo 14 del decreto modifica el régimen de deducciones de las regalías, lo que genera un cambio estructural en las obligaciones tributarias de las empresas petroleras. La evaluación de estas modificaciones constituye una de las tareas habituales de la dirección jurídica de la compañía donde labora su familiar.

Esta coincidencia entre el objeto de estudio de la Corte y las funciones laborales de su cónyuge motivó el alejamiento preventivo del proceso.

La decisión sobre la aceptación de este impedimento queda ahora bajo la responsabilidad de los siete magistrados restantes de la Sala Plena. Este procedimiento sigue el precedente reciente del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, a quien el alto tribunal ya le aceptó un recurso similar sobre la misma materia.

De ser aprobado, Meneses no participará en la votación ni en los debates relacionados con la validez legal de estas medidas impositivas extraordinarias.