Corte Constitucional legalizó el suicidio médicamente asistido con una votación 6-3

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Cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, uno de los requisitos para el procedimiento.

Nathalia Morales Arévalo

En la tarde de este miércoles, la Corte Constitucional legalizó el suicidio médicamente asistido (SMA) como uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en el país. A diferencia de la eutanasia, es el paciente quien ejecuta la acción de acabar con su vida.

Con esta noticia se avala el procedimiento bajo los siguientes requisitos: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico.

La determinación tuvo seis votos a favor y tres en contra. Los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Paola Meneses votaron contra esto.

Los que votaron a favor fueron Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares, Natalia Ángel Cabo, Gloria Stella Ortiz, José Fernando Reyes y Diana Fajardo.

No obstante, la determinación se produjo al estudiar una demanda presentada por Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB) en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que penaliza la inducción al suicidio, dando entre 16 y 36 meses de cárcel a quien "induzca o apoye a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable".


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