Corte Constitucional ordena adoptar medidas para garantizar salubridad en cárcel de Bogotá
Se omitieron las enfermedades que sufren los internos y las necesidades especiales
25 de julio de 2019Contenido
La Procuraduría General y la Defensoría del Pueblo deberán tomar medidas urgentes y estructurales para mejorar las pésimas condiciones de los alimentos en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá. Así lo ordenó la Corte Constitucional luego de revisar una tutela presentada por 12 internos del centro penitenciario.
Por no cumplir las órdenes de los médicos internos, recibir alimentos que no cumplían con las normas básicas de higiene y la mala preparación de los alimentos. que en muchas ocasiones es realizada por sus mismos compañeros sin cumplir protocolos de salubridad, la Corte toma esta decisión.
Además, llamó la atención a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Unspec), al Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a la Unión Temporal Alimentando América de 2018 para que adopten medidas que suministren los insumos alimenticios teniendo en cuenta el plan dietario y el horario según los conceptos enviados por los médicos.
Debido a que los doce internos que interpusieron la acción de tutela tenían un plan de recomendaciones médicas especiales que no fue respetado y al contrario demostraba que los alimentos muchas veces no se lavan ni siquiera.
Además, la Corte Constitucional recordó que la alimentación es un derecho de protección inmediata y no “puede suspenderse o limitarse como medida disciplinaria” y que en estas condiciones se estaban olvidando de que la población carcelaria tiene la calidad de “sujetos de especial protección constitucional”.