Judicial

Corte Constitucional ratificó los derechos en asuntos de seguridad social para los migrantes

Gracias a una tutela por vulneración de derechos a una migrante, la Corte aseguró que esta población también se encuentra cobijada

05 de abril de 2021

Esteban Feria

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Luego de estudiar una tutela interpuesta por una mujer venezolana, quien quedó embarazada mientras laboraba en un local de empanadas y del cual fue despedida a raíz de su estado, la Corte Constitucional determinó que los derechos a la estabilidad reforzada y la seguridad social también pueden cobijar a los ciudadanos migrantes, independientemente de su condición o situación legal en el país.

El magistrado José Fernando Reyes Cuartas, de la Sala Octava de Revisión, aseguró que a la mujer del caso le fueron vulnerados sus derechos fundamentales, que corresponden a la estabilidad laboral y seguridad social.

Por otro lado, el empleador de la mujer migrante aseguró que no había ningún vínculo contractual con la trabajadora, pues le brindaba una retribución económica a la mujer a cambio de colaboración en su microempresa de manera eventual y no permanente.

“El Estado se comprometió a asegurar a todos los trabajadores migratorios y sus familias, con derechos previstos en la Convención, sin distinción alguna; así como a garantizar un trato que no sea menos favorable al que reciben los nacionales en cuanto a las condiciones de empleo”, señaló el fallo.