Corte Constitucional solicita medidas de protección a vendedores informales desalojados
La Sala Octava de Revisión advirtió que la administración municipal debe garantizar medidas transitorias para que los vendedores puedan adaptarse a la nueva situación
24 de septiembre de 2024Contenido
La Corte Constitucional emitió en las últimas horas un fallo en el que ordena a la Alcaldía de Cali implementar medidas para proteger los derechos de los vendedores informales que son desalojados de sus lugares de trabajo.
Esto se da a raíz del caso de una mujer de 69 años que fue desalojada de su puesto de venta en el Jarillón de Cali sin recibir una alternativa económica.
En este caso, la Sala Octava de Revisión advirtió que la administración municipal debe garantizar medidas transitorias para que los vendedores puedan adaptarse a la nueva situación y preservar sus ingresos mientras buscan otras opciones laborales.
Se resaltó además que Estado tiene la obligación de proteger el principio de confianza legítima y garantizar el mínimo vital de estas personas. "El Estado debe contar con medidas adicionales para que las personas puedan preservar sus ingresos mientras transitan a la formalidad o a algún mecanismo de protección social", cita la sentencia.
Sobre la accionante, se ordenó a la Inspección de Policía que proceda con una solución de reubicación y asimismo, solicitó a la Alcaldía que verifique si la mujer cumple con los requisitos para acceder a programas sociales para adultos mayores.