Corte Constitucional tumba artículo del PND y prohíbe la minería en páramos del país
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El alto tribunal manifestó que, si bien hay existencia de títulos mineros, debe prevalecer la preservación del medio ambiente. La decisión entonces, hace que las licencias ambientales que se hayan entregado en 2010 pierden validez. Y que, estos permisos que eran entregados por la Anla, ahora sean otorgadas por las Corporaciones Autónomas Regionales.
Según información de la Agencia Nacional Minera, antes de febrero de 2010, se otorgaron más de 440 títulos mineros, cifra que se acerca a las 125.000 hectáreas.
La Corte avaló los Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos (PINE) y la creación de un sistema nacional para los mismos como estrategia de estas iniciativas de origen público, privado o mixto, que sean seleccionados como tales por el Gobierno Nacional, por su alto impacto en el crecimiento económico y social del país.
Otra de las decisiones importantes que llega con esta medida es que todos aquellos desplazados que hayan vivido en alguna de las zonas estratégicas para la minería deben vivir en estos lugares.
El artículo derogado fue el 173, parágrafo 1, donde se permitía "la realización de actividades de exploración y explotación de recursos naturale no renovables en áreas delimitadas como páramo".
Vale recordar que esto sucede luego de que el Polo Democrático puso una demanda contra el PND, que iba dirigido a los artículos 20, 49, 50, 51, 52 y 173de la Ley 1753 de 2015.
Cronología
2001:Ley 685 de 2001, Código de Minas, que se estableció con el objetivo de"fomentar la exploración técnica y la explotación de los recursos mineros de propiedad estatal y privada; estimular estas actividades en orden a satisfacer los requerimientos de la demanda interna y externa de los mismos".
2010: Ley 1382 de 2010, la Corte Constitucional declararó la inexequibilidad de la normatividad establecida, argumentando su daño al medio ambiente.
Abril de 2015: Alerta en Santurbán. Más de 1.000 personas de la zona marcharon para proteger el páramo, justificándose en los males que le ha traído la minería a esa zona del país.
-Reportados 364 títulos mineros en zonas de páramo, lo que sginifican 79.930 hectáreas de páramo en donde exploran y explotan carbón, oro, minerales, zinc, entre otros.
Junio de 2015: Radicación de la Ley 173 de 2015, por la cual se crea "El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, que se expide por medio de la presente ley, tiene como objetivo construir una Colombia en paz, equitativa y educada, en armonía con los propósitos del Gobierno nacional, con las mejores prácticas y estándares internacionales, y con la visión de planificación, de largo plazo prevista por los objetivos de desarrollo sostenible". En él, se establece el artículo 173, que establece "la realización de actividades de exploración y explotación de recursos naturale no renovables en áreas delimitadas como páramo".
- En compañía de la Cumbre Agraria, el Polo Democrático radicó una demanda en contra de la Ley 1753, que expidió el Plan Nacional de Desarrollo.
Febrero de 2016: Corte tumba el artículo 173 de Ley 1753 de 2015.