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Corte exhorta regulación de bicitaxis

16 de octubre de 2013

Colprensa

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La Corte Constitucional exhortó al Ministerio de Transporte para que adopten las medidas definitivas tendientes a establecer la forma y condiciones en que puedan o no operar los llamados bicitaxis.

Al revisar una acción de tutela, esta Corte afirma que una vez el Ministerio de Transporte defina si el bicitaxismo puede ser o no homologado para prestar el servicio público de transporte, “proceda a diseñar la política a nivel local sobre el bicitaxismo, teniendo en cuenta los parámetros señalados en esta sentencia acerca del respeto al principio de confianza legítima y democrática y el derecho fundamental al trabajo de quienes ejercen tal actividad”.

La decisión también insta de manera particular a la Secretaría de Movilidad de Bogotá para que en la elaboración de dicha política pública de transporte se garantice la participación de los potenciales afectados, cuidando que las medidas que se adopten “mitiguen el impacto de sus derechos fundamentales, específicamente, al trabajo y al mínimo vital, observando ante todo el principio de confianza legítima.

La Sala Séptima de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional, conformada por los magistrados Jorge Ignacio Pretelt, Alberto Rojas y Luis Ernesto Vargas, dejó en firme el fallo proferido por el Juzgado 43 Penal del Circuito de Bogotá.

Al revisar la tutela, la Sala consideró que esta modalidad de transporte público “ha adquirido peso y se ha convertido en una alternativa pública de empleo en la ciudad”, y estableció que “a 2011 se tiene documentada la existencia de un total de 700 bicitaxis, de los cuales dependen de manera directa unas 7.000 personas”.

En ese sentido, la Corte considera que el bicitaxista “es una persona joven que no vive en el sector donde trabaja y que, por tanto, debe pagar un parqueadero nocturno para el vehículo”.