Actualidad

Corte inicia control de constitucionalidad al decreto de digitalización en la justicia

Colprensa

Para ello el alto tribunal solicito un informe completo al Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura

24 de junio de 2020

Daniel Rojas Castañeda

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La Corte Constitucional dio inició al control de constitucionalidad al Decreto Legislativo 806, por el cual se adoptan medidas para implementar las
tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales. Por ello, le pidió al Gobierno y a la Judicatura que respondan a sus solicitudes para determinar la constitucionalidad del mismo.

La Corte a través de una auto le comunicó al Presidente de la República y al Ministerio de Justicia y del Derecho las solicitudes que iba llevar adelante considerando lo dispuesto en la Constitución Política.

El Alto Tribunal le pidió a la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República que dentro del término de cinco días contados a partir de la comunicación, informe sobre algunos asuntos referidos al contenido normativo del Decreto, entre los que se pidió un informe sobre el acceso que tienen los ciudadanos, en tanto usuarios de la administración de justicia, en todo el territorio nacional a internet, redes telefónicas, equipos, programas informáticos, software, aplicaciones y dispositivos destinados al procesamiento, almacenamiento y transmisión de información (voz, datos, texto e imágenes).

En el mismo se deberá detallar en qué departamentos o municipios la población tiene restricciones para acceder a tales tecnologías y cuál es la naturaleza de esas limitaciones.

Por otro lado, se le pidió responder a preguntas como: ¿qué mecanismos habrá para la verificación de la identidad de los intervinientes en el proceso, y la autoría e integridad de los escritos o documentos que se integren de manera electrónica a las actuaciones? o ¿Los canales digitales que pueden elegir los sujetos procesales para los fines del proceso comprenden herramientas diferentes al correo electrónico? ¿De ser así, qué otros mecanismos se entienden incluidos en la expresión “canales digitales”?, entre otras (Ver anexo).

Así mismo se envió el auto al Consejo Superior de la Judicatura para que dentro del mismo tiempo responda a los asuntos referidos al contenido normativo del Decreto Legislativo 806.

Para el control constitucional la Corte convocó a diferentes entidades, instituciones, centros y universidades, para que, durante el término de fijación en lista, se pronuncien acerca de la constitucionalidad del Decreto Legislativo.