Corte le ordenó al Ministerio de Salud desembolsar a EPS totalidad de recursos aprobados
La orden fue dada al Ministerio, liderado por Guillermo Alfonso Jaramillo, teniendo en cuenta lo pactado en el Acuerdo de Punto Final
26 de febrero de 2024Contenido
La Corte Constitucional ordenó ayer al Ministerio de Salud pagar a las EPS la totalidad de los recursos aprobados con el Acuerdo de Punto Final que aun estén pendiente. El Auto 2882 de noviembre de 2023 había señalado que se presentaba un bajo cumplimiento de la orden vigésimocuarta, de acuerdo al seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008.
Esta orden buscaba garantizar “el flujo de los recursos que el Gobierno nacional debe destinar al pago de determinados servicios y tecnologías en salud”. En específico de los que debían ser recobrados por las EPS cuando se les entregaba a la población “toda vez que no se financian con la UPC ni los Presupuestos Máximos”.
La Corte encontró que, además de la deuda que surgía desde 2020 en materia de recobros, también se les debía más de $1 billón, “y que el origen de esas obligaciones se relacionaba, en gran medida, con servicios prestados durante la emergencia por covid-19”.
Por lo que finalmente la Corte dictó al Ministerio de Salud desembolsar la totalidad de los recursos aprobados con el Acuerdo de Punto Final que no hayan sido cancelados a la fecha. Teniendo un plazo de dos meses desde el momento que se da a conocer la decisión.
Acuerdo de Punto Final
El Acuerdo de Punto Final fue una reglamentación en la que se acordó que a las EPS se les pagarían todos los valores pendientes relacionados con las prestación de servicios y tecnologías en salud y que se hubieran entregado hasta diciembre de 2019, con el fin de poder evitar la acumulación de una deuda a favor de las EPS y las IPS.
La Sala encontró que (i) “para el 2023, no se había efectuado el pago total de esta deuda, que según el Gobierno, se completaría en agosto de 2022”. También (ii) “evidenció montos sin cancelar que fueron aprobados dentro del acuerdo”; (iii) “sumas de dinero que no se negociaron en el acuerdo porque se discuten en procesos judiciales” y que (iv) desde el 2020 había surgido “una nueva deuda en favor de las EPS y las IPS por la prestación de estos servicios”.
La Corte ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social que adoptara las medidas para cumplir la orden vigesimocuarta de la Sentencia T-760 de 2008. Además de esto, la entidad deberá informar sobre los resultados y los avances alcanzados luego de la decisión de que las EPS desembolsen “los dineros a sus prestadores de manera más ágil, e identificar en qué radican las moras en que incurren para efectuar estos desembolsos”, señaló la Corte en la decisión.
El Tribunal también ordenó a la Contraloría y a la Fiscalía que investiguen la declaración hecha por Acesi e informe sobre los resultados obtenidos en los informes cuatrimestrales.
Otros de los puntos que se resolvió en la decisión fue ordenar a todas las autoridades que los informes contengan “como mínimo los requerimientos descritos en el acápite de las órdenes relacionadas con el mandato vigesimocuarto contenido en el Auto 1174 A de 2022 según corresponda”.
Entre los últimos puntos también se encuentra instar a todos los demás actores del sector salud que tienen relación con las órdenes financieras a que “tengan en cuenta lo descrito en los f.j. 170 y 171 de esta providencia en relación con el uso correcto de la terminología actual dentro del Sgsss”.
Antecedentes
La decisión de la Corte Constitucional también fue tomada teniendo en cuenta los incumplimientos del Gobierno Nacional con las EPS. Según la resolución de la Corte, las deudas siguen sin ser saldadas e incluso se han generado nuevas, que alcanzan el valor de $1 billón, a favor de las EPS y las IPS. Luego de la determinación se busca el saneamiento relacionado a los servicios tecnologías no financiados con la Unidad de Pago por Capitación (UPC).