Corte permite registrar menores con dos papás o dos mamás
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La Sala Plena estudió el caso de Antonio y Bassanio (nombres cambiados por la Corte en el expediente, para proteger su identidad) que alquilaron un vientre y tuvieron gemelos en Estados Unidos, pero no pudieron registrarlos en Colombia. Ante esa dificultad, interpusieron una tutela contra la Registraduría, la Cancillería y varias notarías de Antioquia.
La Corte aprobó la ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, en el sentido que la Registraduría tiene un plazo de 30 días para que implemente un nuevo formato de Registro Civil de Nacimiento, en el que claramente se señale que en las casillas destinadas a identificar al “padre” y a la “madre” del menor de edad, es admisible incorporar el nombre de dos hombres o de dos mujeres. Esto, en el orden que voluntariamente señale la pareja para efecto de los apellidos legales de su hijo.
Igualmente, se ordenó expedir una circular única dirigida a todas las notarías y consulados del país, explicando la decisión tomada por la Corte, los cambios en el Registro y que mientras se aplica el nuevo formato, las peticiones que lleguen para registrar hijos biológicos de parejas del mismo sexo deberán seguir usando el formato actual, pero sin que con ello impidan reconocer los derechos de los menores.
En la decisión salvaron voto los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Jorge Pretelt.