Judicial

Corte Suprema condenó a nueve años de cárcel a tres exgobernadores de La Guajira

Colprensa

La Corte detectó en varios de los contratos vulneraciones a los principios de transparencia y planeación; purgarán pena en prisión domiciliaria

17 de octubre de 2024

Carlos Jaramillo Palacio

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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó en las últimas horas al exgobernador de La Guajira Hernando David Deluque Freyle por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La Sala le impuso una pena de 117 meses de prisión; una multa correspondiente a 2.364 salarios mínimos legales mensuales vigentes de multa; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 123 meses y 11 días.

El caso está relacionado con irregularidades en varios contratos de mantenimiento de vías, construcción de pavimentos, canalización de un arroyo en el municipio de Albania, entre otros.

Se detectaron, además, en esos contratos vulneraciones a los principios de transparencia y planeación evidenciados por ejemplo en la construcción de alcantarillado en una zona de baldíos en donde no era necesario, poco tiempo establecido entre la fijación de los términos de referencia y la suscripción del contrato, lo que trajo consigo la suspensión de una obra, entre otros hallazgos.

En esta decisión, la Corte Suprema de Justicia también condenó a dos gobernadores encargados del mismo departamento, La Guajira. Se trata de Alejandro Magno Builes Suárez, condenado por contrato sin cumplimiento de requisitos legales a una pena de 100 meses prisión; multa correspondiente a 13 smlmv; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 105 meses y 15 días.

Y Raúl Nicolás Fragozo Daza, a quien se impuso una pena de 100 meses prisión; multa equivalente a 131 smlmv; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 105 meses y 15 días.

Los procesados purgarán su pena en prisión domiciliaria.