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La Corte Suprema condenó al representante Modesto Aguilera por acto sexual violento

Congreso Visible

El fallo ordena el pago de una indemnización de 100 Smmlv a la víctima y la investigación de terceros por presunta manipulación de pruebas

11 de marzo de 2026

Isabella Rodríguez Ángel

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia dictó sentencia condenatoria contra el representante a la Cámara Modesto Enrique Aguilera Vides al ser responsable del delito de acto sexual violento, por lo cual se le impuso una pena de 102 meses (8,5 años) de prisión.

La decisión incluye la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo equivalente al de la privación de la libertad. Además, el tribunal negó al sentenciado los beneficios de suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

En consecuencia, se dispuso la emisión de una orden de captura para asegurar el cumplimiento de la sanción una vez el fallo quede en firme. Adicionalmente, el condenado deberá pagar a la víctima una indemnización de 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes por concepto de perjuicios morales.

Los hechos que motivaron la sentencia ocurrieron entre octubre y noviembre de 2020 en un hotel de Barranquilla. Según el expediente, la víctima fue llevada a dicho lugar bajo el pretexto de una reunión política, donde quedó a solas con Aguilera Vides. La corporación determinó que el procesado realizó actos sexuales sin el consentimiento de la mujer, utilizando su posición de congresista para facilitar la agresión.

La Corte fundamentó su decisión en el testimonio de la víctima y en elementos de corroboración que acreditaron la responsabilidad penal del acusado. En el análisis del caso se aplicó una perspectiva de género conforme a la Ley 1257 de 2008 y la Ley 1719 de 2014. El fallo señala que la conducta afectó la integridad de la denunciante y generó consecuencias en su entorno familiar, lo que incidió en la dosificación de la pena.

La Sala compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para investigar a Jonathan Enrique Torregrosa Viana, primo de la víctima, quien la habría trasladado al sitio de los hechos. La investigación buscará determinar su grado de participación y una posible manipulación de los registros de ingreso al hotel. Así, el proceso penal concluye así su primera instancia con la determinación de la responsabilidad del legislador.