Corte Suprema de Justicia rechazó tutela contra ingreso de brigada de EE.UU. a Colombia
Se ratificó decisión del Tribunal Superior de Bogotá, en la que no se accedió a la acción de tutela promovida contra el presidente Duque
25 de febrero de 2021Contenido
La Corte Suprema de Justicia informó que rechazó la acción de tutela presentada por Rubén Fernando Morales Rey frente al fallo del 2 de
diciembre de 2020 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en la que no se accedió a la acción de tutela promovida por él contra el Presidente de la República, Iván Duque.
El objetivo de la nueva acción de Morales Rey era rechazar el ingreso de una brigada del Ejército de Estados Unidos al país en el marco de acuerdos de cooperación contra el narcotráfico.
Según se explicó en la sentencia, "el actor reclamó el resguardo de las garantías esenciales a la paz («como derecho fundamental ligado a la protección de la vida») y al debido proceso constitucional, presuntamente conculcados y amenazados por el convocado al permitir el tránsito y permanencia dentro del territorio patrio, de tropas «extranjeras y mercenarias» de los Estados Unidos de América, lo cual, afirmó, desestabiliza la seguridad suramericana".
La petición entonces de Morales Rey era "ordenar el retiro inmediato de las tropas, regulares y mercenarias, haciendo el apercibimiento al presidente de suspender la participación en hostigamientos, personales, militares y de mercenarios contra Venezuela".
Con esto, el alto tribunal confirmó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, que había negado la acción en primera instancia.
La Corte presento varios argumentos para el rechazo de la petición. La primera de ellas es que la figura de la tutela no es el mecanismo idóneo para oponerse, teniendo en cuenta que ya se trataba de un hecho cumplido y se alegaba la vulneración del derecho a la paz, que no se puede exigir a través de tutela.
Segundo, la Corte dijo que no estaba probado que la presencia de las tropas de EE.UU. en Colombia tuviera como objetivo preparar un ataque contra Venezuela, como lo alegaba la demandante.
"Muy a pesar de las alegaciones del accionante, en especial, su invocación de las prerrogativas a la vida y al debido proceso constitucional, lo cierto es que las hipótesis traídas en punto a supuestas y posibles maniobras bélicas en contra del hermano país de Venezuela, así como a la eventual reincidencia del Presidente de la República en la omisión que aquí le reprochó -falta de obtención previa de la autorización para el tránsito de la referida brigada del ejército norteamericano-, son circunstancias que no pasan de ser meras afirmaciones carentes de toda prueba e hipotéticas situaciones futuras", señaló la Corte.