Judicial

Corte Suprema mantuvo juicio contra Camilo Romero pese a ausencia de su abogado

La FM de RCN

La defensa de Romero cuestionó la decisión de la Corte Suprema de proseguir con el juicio sin la presencia de su abogado selecto

21 de octubre de 2025

Julián Bermeo

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia apoyó la decisión del alto tribunal de mantener el proceso en contra del exgobernador y precandidato presidencial, Camilo Romero; quien está siendo procesado por presuntas irregularidades en un contrato con el aguardiente de Nariño sin azúcar.

Una vez concluida la audiencia el pasado 20 de octubre, la defensa de Romero cuestionó la decisión de la Corte Suprema de proseguir con el juicio sin la presencia de su abogado selecto, Miguel Ángel del Río, quien se ausentó en varias audiencias por temas de salud personal.

A través de un comunicado que fue respaldado por la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, la defensa pidió el acatamiento del derecho de su apoderado de escoger de manera libre su defensa. Las entidades involucradas corroboraron que la decisión del magistrado Ariel Torres, quien resolvió que se continuaría con el caso sin la presencia de del Rio, podía afectar las garantías del proceso.

No obstante, el magistrado dijo que sus acciones estaban reglamentadas bajo la ley al designar a la abogada de la Defensoría del Pueblo, Ruth Marina Pulido como la defensora de oficio por las frecuentes faltas del abogado del Rio.

En contraparte, Martha Luz Canabal, en nombre de la Procuraduría sujetó que la dilación del progreso no estaba en manos del abogado de Romero, sino de las decisiones del magistrado, las cuales podrían traer consigo problemas de nulidad. Sus declaraciones se sustentaron en el artículo 121 del Código de Procedimiento Penal, el cual funda que el cambio de un abogado por un suplente es una acción que le corresponde exclusivamente al abogado principal y al acusado, por lo que esta decisión no puede ser impuesta por un juez externo.

Finalmente, no hubo cambio mayor en la decisión del magistrado, ya que se continuó con el proceso. Estas acciones generaron controversia y rechazo del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, quienes aseguraron que esta medida vulnera el derecho fundamental a una defensa escogida.