La Corte Suprema rebajó la condena para Aída Merlano de 15 a 11 años de prisión
En su sentencia la Sala de Casación Penal encuentra a la excongresista culpable de los delitos de corrupción al sufragante y concierto para delinquir
29 de mayo de 2020Contenido
Corte Suprema ratificó la condena contra la excongresista Aída Merlano y redujo la pena de 15 años inicialmente impuestos a 11 años y cuatro meses de prisión. Así mismo decidió remitir la sentencia al Senado de la República para que se aplique la "Silla vacía".
De esta manera a la excongresista se le encuentra culpable de los delitos de corrupción al sufragante, concierto para delinquir y porte ilegal de armas.
“Los congresistas –como Aída Merlano, elegida y reconocida como tal por el Consejo Nacional Electoral–, en los términos del artículo 134 de la Constitución Política, ‘solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley’, y ‘en ningún caso’, cuando son condenados por delitos contra los mecanismos de participación democrática”, aseguraron desde la Corporación.
La decisión fue tomada en segunda instancia por la Sala de Casación Penal, quien no solo le remitió la sentencia a la Mesa Directiva del Senado, sino que también expidió copias a la Procuraduría para que se investigue la posible omisión de hacer efectiva esta figura cuando fue capturada.
La figura de la silla vacía fue un adoptado en un acto legislativo, como una medida para sancionar a los partidos políticos que tengan a uno de sus miembros con procesos judiciales. De esta manera el partido Conservador, no podría remplazar a la congresista, por el siguiente en la lista electoral.
Además, la Sala indicó que se había reemplazado a la electa senadora Aída Merlano en el Senado de la República sin ninguna justificación, pese a la expresa prohibición constitucional de hacerlo, pues se encontraba capturada por delitos contra los mecanismos de participación democrática asociados a su elección como senadora.
Por otro lado, la providencia desvirtuó los ataques de la defensa de Merlano contra las pruebas y los fundamentos jurídicos de la Sala Especial de Primera Instancia para declararla responsable como autora de los tres delitos por los cuales fue condenada.
“En ese escenario, quien abdica de su derecho a elegir libremente por necesidad, ambición o por cualquier otra razón igualmente inaceptable a cambio de una dádiva, declina su autonomía ética y la posibilidad de generar un diálogo colectivo acerca del Estado y la democracia como propuesta para la vida individual y colectiva”, expresó la Corte.