Corte Suprema ratificó que exministro Andrés Felipe Arias no tiene derecho a segunda instancia
La Sala Penal de la Corte Suprema también le pedirá al Inpec que explique por qué no llevó a Arias a La Picota
01 de agosto de 2019Contenido
Una nueva derrota jurídica sufrió este miércoles el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias Leyva, luego de que la Corte Suprema de Justicia ratificara que el exfuncionario no tiene derecho a que su caso sea revisado en segunda instancia.
En efecto, la Sala Laboral del alto tribunal rechazó la apelación que había interpuesto la defensa de Arias en contra de la decisión de la Sala de Casación Civil de abril pasado cuando rechazó una acción de tutela con la cual el exministro consideró que se le violaron sus derechos al debido proceso, a la segunda instancia y al acceso efectivo al sistema de justicia.
Según el fallo de la Sala Laboral, existe una "imposibilidad jurídica" de que el caso de Arias, condenado a 17 años y cuatro meses de prisión por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro, sea revisado en segunda instancia.
Para la Corte, esa figura es inviable ya que cuando Arias Leyva fue condenado no existía una norma legal con retroactividad, pues la segunda instancia para aforados constitucionales solo entró a regir en 2018.
La única posibilidad sería que se apruebe en el Congreso de la República el proyecto de ley 'Andrés Felipe Arias' que contempla la retroactividad para la segunda instancia.
Trascendió que la Sala Penal de la corporación exigirá al Inpec una explicación sobre las razones por las cuales el exministro de Agricultura fue recluido en el Cantón Norte de Bogotá tras ser extraditado desde Estados Unidos, y no en la cárcel La Picota.