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Cueros Vélez frenó el registro de VZ Colombia, solicitada por Los Torres

16 de mayo de 2015

Geraldine Romero

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La firma  actuó como opositora cuando conoció que Los Torres Operating había solicitado ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la concesión del signo VZ Colombia, para distinguir artículos de bisutería y joyería, comprendidos en la clase 42 Internacional.

Aunque en primera instancia la SIC halló fundamentada la oposición y negó la solicitud, Los Torres insistió en su registro y en un segundo intento  presentó sustentos a su favor para que la entidad cambiara la decisión.

Helena Camargo, socia de Posse Herrera Ruiz,  y quien fue la apoderada de la solicitante, expresó que la defensa se basó en que en las marcas VZ de Cueros Vélez  predominaba  el aspecto gráfico, lo cual permitió que coexistiera en el registro con la marca VZ de GSM Trademarks Pty ltd. “Así que no había razón por la cual la marca de Los Torres Operating, LLC, que era nominativa, no podía también coexistir con ella”.

Con esta idea la defensa de Los Torres afirmó que al existir este antecedente con mayor razón se debía conceder el registro de VZ Colombia en las clases 41 y 35 en desarrollo del principio de legítima confianza. “Según el cual los administrados tienen la legítima expectativa de que la administración se siga comportando de la misma forma en que lo ha venido haciendo”.

Los Torres agregó que si la comparación de signos versara solamente sobre la parte nominativa como lo pretendía Cueros Vélez, entonces no se debió conceder el registro de la compañía Trademarks Pty ltd, solicitud a la que se había opuesto sin obtener éxito.

No obstante los argumentos de la solicitante no revocaron el  dictamen de la Superindustria, puesto que para el ente se reproducía la mayor parte de la estructura gramatical de la marca VZ de Vélez.

Emiliano García, investigador, asociado de Derecho Privado de la Universidad Sergio  Arboleda, explicó que la entidad debió tener en cuenta el argumento invocado por Los Torres, al llamar la atención de los precedentes de la SIC cuando accedió al registro de VZ de GSM.

“Si bien, los precedentes no vinculan, sí que es deseable que  vaya generando una doctrina administrativa con criterios uniformes a la hora de adoptar  decisiones sobre situaciones análogas para ofrecer una seguridad jurídica”, concluyó el experto.

Y es que esta no ha sido la única vez que Vélez se ha interpuesto a registros marcarios, pues en ocasiones pasadas ha peleado por su marca Nappa, que diseña y  fabrica bolsos, cinturones.

Por su parte la entidad invalidó el ejemplo citado respecto a la organización GSM, al decir que los análisis se realizaban de forma individual y dio la razón   a  Vélez, la cual tiene un rango de ventas por encima de los $167 millones.

Las opiniones

Helena Camargo
Socia de Posse Herrera Ruiz

“La defensa se basa en que en las marcas VZ de Cueros Vélez predomina el aspecto gráfico; así que no hay razón por la cual la marca de Los Torres Operating, que es nominativa, no pueda  coexistir con ella”.

Emiliano García
Investigador  de Derecho U. Sergio Arboleda

“La SIC acierta al confirmar la Decisión de la Dirección de Signos Distintivos declarando la irregistrabilidad de la marca, VZ Colombia, al considerar que existe una similitud gramatical”.