Determinan que Cartagena no deberá devolver dinero de impuesto predial a Reficar
La Sala resolvió que Reficar sí debió pagar la tarifa especial para las nuevas empresas para el periodo entre 2008 y 2012
16 de marzo de 2022Contenido
El Consejo de Estado anunció que Cartagena no deberá devolverle a la Refinería de Cartagena (Reficar), los excedentes que la petrolera pagó de más por el impuesto predial entre los años 2009 y 2012.
Lo anterior, después de que la petrolera hiciera una solicitud a la Secretaría de Hacienda de Cartagena basándose en el beneficio señalado en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) por el uso de esta nueva refinería.
El autoridad tomó la decisión tras considerar que no se trataba de una nueva empresa, sino que iba a utilizar el mismo complejo donde operaba Ecopetrol, y señaló que Reficar sí tenía el beneficio de tarifa especial de 6% del POT de 2006, pero que dicho porcentaje que se concedió a las empresas nuevas que se conformaran para actividades industriales en la ciudad.
Hay que señalar que el caso había llegado al Tribunal Administrativo de Bolívar, quien ordenó la devolución de la diferencia de lo pagado por la petrolera entre 2008 al 2012, y que se debía aplicar del beneficio, calculando una tarifa del 6x1000. Y ante esto, la administración, tanto como la empresa, apelaron la decisión ante el Consejo de Estado.
La Sala resolvió, teniendo en cuenta lo anterior, que Reficar sí debió pagar la tarifa especial para las nuevas empresas para el periodo comprendido entre 2008 y 2012, pero que no era viable "devolverle a Reficar lo que pagó en exceso entre 2009 y 2012, pues el propio Consejo de Estado, en otra providencia, declaró nulos los actos en los que se configuró el cobro del impuesto predial y el de industria y comercio a cargo de la empresa entre 2009 y 2013”.