Actualidad

Ecopetrol se salva de pagarle a Pacific Rubiales US$500 millones por indemnización

18 de febrero de 2014

Germán Corcho Tróchez

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

El laudo arbitral promovido por la sociedad Meta Petroleum Corporation, filial de Pacific Rubiales, acabó a favor de la Empresa de Petróleos de Colombia (Ecopetrol). De esta manera, la estatal se ahorra el pago de cerca de US$500 millones, por concepto de indemnización.

El litigio comenzó porque la canadiense acudió al Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá, con el fin de que dirimiera las diferencias en el contrato de asociación que firmó en 2003 con Ecopetrol, para la exploración y explotación de hidrocarburos en el campo ‘Quifa’, en Puerto Gaitán (Meta).

Néstor Humberto Martínez, abogado de la multinacional, explica que su petición se centró en que la cláusula de precios altos se liquidara solo sobre 60% de la producción, o sea la participación de su representado en Quifa. Y la de Ecopetrol, representada Medellín, Martínez & Durán Abogados, que el pago se tasara sobre la totalidad.

Las cláusulas de precios altos traen como consecuencia que cuando los precios del petróleo suben, el contratista debe reconocer un mayor volumen de crudo. Esto se traduce por ende en que debe pagar más dinero por regalías a la firma estatal, en este caso Ecopetrol.

Una fuente allegada al proceso sostuvo que la tesis de la norteamericana pretendía que se interpretara la cláusula a su conveniencia. Por ejemplo: si la proporción era 60% para Pacific y 40% para Ecopetrol, la primera pretendía que los precios altos se liquidaran sobre su 60%.

“La cláusula decía que se sacaba la fórmula, el porcentaje que diera se le restaba a Pacific y se trasladaba a Ecopetrol. Eso fue lo que interpretó el Tribunal, y en esa misma manera lo consideró el Consejo de Estado”, dijo.

El Tribunal decidió en marzo del año pasado que del contrato firmado, “se infiere que la participación de Ecopetrol debía calcularse sobre la producción total porque no se encuentra un acuerdo entre las partes que diga lo contrario”.

El fallo fue demandado por Pacific y por eso el caso llegó al Consejo de Estado. La ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, conocida ayer, señaló que el Tribunal no sólo debía estudiar si la liquidación de la participación era sobre la producción de Ecopetrol, sino sobre cuál debía hacerse. “Y no solo limitarse a lo que proponía la sociedad que resultó vencida en el proceso”.

La sentencia añade que la lectura “limitada” que proponía Meta Petroleum buscaba que los árbitros solo analizaran su pretensión “El juez no puede analizar la otra cara de la moneda porque se pronunciaría por fuera de lo pedido, perspectiva que desnaturaliza la lógica del derecho y sobre todo del proceso judicial”.

Martínez puntualizó en que presentará una solicitud de adición de la sentencia. Según sustenta, el Consejo de Estado no resolvió su petición de que se anulara el pleito, al no referirse a uno de los cargos de la apelación: la incongruencia del laudo.

“La justicia civil no puede fallar más allá de lo que piden las partes. En este caso ocurrió que Ecopetrol pidió una cosa, Pacific una y el Tribunal falló otra cosa. Eso genera la nulidad y resulta que sobre esto no se pronunció el Consejo”, argumentó el abogado.

Después de conocerse la noticia de la decisión arbitral, el comportamiento de las dos petroleras en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) fue dispar. Por un lado, Ecopetrol presentó una buena tendencia y acabó al alza con un incremento de su precio de 1,93%, hasta llegar a $3.695; mientras que Pacific Rubiales presentó la otra cara de la moneda: cayó 0,46%, hasta $30.220 por cada uno de sus títulos.

La opinión

Néstor Humberto Martínez
Abogado de Pacific Rubiales

“Ecopetrol no pidió que se liquidara sobre toda la producción y ese fue el fallo. Estamos pidiendo que se coteje la pretensión de Ecopetrol con el laudo; si no hay ninguna relación, el laudo es incongruente y eso es causa de nulidad, y por ende que haya un pronunciamiento expreso”.